JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CHILLAN

LÓPEZ CON ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LIMITADA (52)

Rol

42921-2021

Fecha

22 de diciembre de 2021

Materia

Reforma Laboral

Resultado

RECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)

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Hechos

Visto: En estos autos RIT M-458-2020, RUC 2040311303-5, del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, por sentencia de veintitrés de abril de dos mil veintiuno, se acogió la demanda deducida en procedimiento monitorio por don Marcelo Andrés López Concha en contra de la empresa Administradora de Supermercados Express Limitada. La demandada interpuso recurso de nulidad que fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Chillán, mediante sentencia de quince de junio de dos mil veintiuno. En contra de este dictamen, la misma parte interpuso recurso de unificación de jurisprudencia. Se ordenó traer los autos en relación.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, el artículo 474 del Código del Trabajo dispone que “Los recursos se regirán por las normas establecidas en este párrafo, y supletoriamente por las normas establecidas en el Libro Primero del Código de Procedimiento Civil”, y su artículo 502, que “Las resoluciones dictadas en el procedimiento monitorio serán susceptibles de ser impugnadas por medio de todos los recursos establecidos en este Código, con excepción del recurso de unificación de jurisprudencia contenido en los artículos 483 y siguientes”. Segundo: Que, del tenor de tales disposiciones, se debe concluir que, en este tipo de procedimientos, no tiene aplicación el recurso de unificación de jurisprudencia, razón por la que el deducido no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones citadas, se rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán, de quince de junio de dos mil veintiuno. Regístrese y devuélvase. N°42.921-2021. Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señora Gloria Ana Chevesich R., ministros suplentes señores Juan Manuel Muñoz P., Mario Gómez M., y los Abogados Integrantes señor Gonzalo Ruz L., y señora Leonor Etcheberry C. No firma el abogado integrante señor Ruz, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintiuno.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintiuno. Visto: En estos autos RIT M-458-2020, RUC 2040311303-5, del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, por sentencia de veintitrés de abril de dos mil veintiuno, se acogió la demanda deducida en procedimiento monitorio por don Marcelo Andrés López Concha en contra de la empresa Administradora de Supermercados Express Limitada. La demandada in

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