SIN INFORMACION

SOJO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece RENZO ANDRE CELEDÓN VARGAS, abogado, interponiendo recurso de protección en favor de doña YERLYN DAIBELYS SOJO RIOS, y en contra de SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por omisión ilegal y arbitraria consistente en la demora en dar respuesta a la solicitud de nacionalización de doña Yerlyn, contraviniendo dicha omisión el principio de igualdad ante la Ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4°, 7°, 9° y principalmente 27° de la Ley 19.880, así como respecto a la Ley de migración y extranjería, N°21.325. Explica que la recurrente es residente con Visa de Permanencia Definitiva, y que ingresó a Chile en agosto de 2015, realizando su solicitud de Visa Temporaria el 18 de enero de 2016, de lo cual se colige que lleva en nuestro país, al menos, siete años, lo cual la habilita para postular a su nacionalización, por lo que con fecha 28 de octubre de 2021 decide ingresar su solicitud de nacionalidad, designándosele el número de solicitud 31209103. Menciona que el día 18 de febrero de 2022, recibe una comunicación de parte del Servicio, donde se señala que su solicitud se encuentra incompleta, dando un plazo para subsanar, lo cual fue cumplido por la recurrente. Agrega que posteriormente, el día 17 de mayo del corriente año, recibe nueva información del Servicio, en que se le informa que su solicitud avanza a etapa de análisis, sin embargo, desde entonces no ha obtenido respuesta alguna, ni nuevas enmiendas que digan relación con su solicitud, que, a la fecha de interposición de la solicitud, esta pronta a cumplir un año en trámite, doblando el tiempo señalado en la Ley 19880. Explica que esta situación mantiene a la recurrente en un estado permanente de ansiedad e incertidumbre, viéndose en una situación desmejorada en relación a otros solicitantes de la nacionalización que han visto sus solicitudes resueltas en un pl

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Yerlyn Daibelys Sojo Ríos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-110526-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de febrero de dos mil veintitrés. Al folio 14: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece RENZO ANDRE CELEDÓN VARGAS, abogado, interponiendo recurso de protección en favor de doña YERLYN DAIBELYS SOJO RIOS, y en contra de SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por omisión ilegal y arbitraria consistente en la demora en dar respuesta

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