FUENMAYOR/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
14 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Rodrigo Godoy Araya, abogado, en favor de Nathalia Sofía Mata Fuenmayor, de cinco años y nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de regularización migratoria, lo que vulneraría los derechos que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el número 2 del artículo 19. Expone que los padres de la recurrente formularon su petición ante el entonces Departamento de Extranjería y Migración el 25 de mayo de 2021. Ante esto, la autoridad recién el 20 de julio de 2022 emitió una actuación para informar que la solicitud requería una complementación, pues el certificado de nacimiento de la menor no tenía legalización u apostilla del país respectivo, por lo que se les otorgó 60 días para rectificar. Alega que en la solicitud original sí se acompañó el documento indicado, debidamente apostillado, por lo que no corresponda que la autoridad emita pronunciamiento fundado en la carencia del mismo. Sin embargo, también plantea haber intentado acompañar el documento mediante la plataforma web del Servicio Nacional de migraciones, lo que ha sido imposible por cuestiones técnicas atribuibles solo al servicio electrónico, pues no permite cargar correctamente los documentos. Agrega que en Chile ambos padres tienen su situación migratoria al día, con permisos de residencia definitiva concedida, y además la niña está matriculada en colegios y es atendida en centros médicos de la comuna de Santiago Centro. Denuncia como ilegal y arbitraria, en consecuencia, la omisión de la autoridad recurrida consistente en la falta de información del estado de su petición de permanencia definitiva. La recurrente acompaña a su recurso un acta de nacimiento de la menor de autos, con trámite de legalización ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarías de Venezue
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse los antecedentes de la presente causa al Servicio Nacional de Migraciones, para que con ellos pueda tener por subsanados los documentos faltantes y de continuidad a la tramitación de la regularización migratoria de la recurrente. Regístrese y comuníquese. N°Protección-101267-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de febrero de dos mil veintitrés. Al folio 14: A lo principal y primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, a sus antecedentes. Al folio 15: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Rodrigo Godoy Araya, abogado, en favor de Nathalia Sofía Mata Fuenmayor, de cinco años y nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección
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