MINISTERIO PUBLICO C/ MIGUEL ANGEL VILLAGRAN BELLO
Rol
Fecha
14 de febrero de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, de lo que se desprende que el imputado Miguel Ángel Villagrán Bello, se encontraba sometido a una medida cautelar impuesta en la causa Rol N° 445-2022 del Juzgado de Garantía de Lota por infracción al artículo 4° de la Ley 20.000 a la época de perpetración del delito por el que ha sido formalizado en esta causa, circunstancia que obsta a la imposición de alguna medida cautelar de menor intensidad, de acuerdo a los parámetros estatuidos en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en la audiencia de doce de febrero en curso, en la causa RIT 963-2023, RUC N° 2300162098-3, del Juzgado de Garantía de esta ciudad, y en su lugar se declara que se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Villagrán Bello. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 88-2023 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Fallo
se declara que se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Villagrán Bello. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 88-2023 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a catorce de febrero de dos mil veintitrés. Sala: Sala de Verano Rol: 88-2023 Penal Ruc: 2300162098-3 RIT: 963-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministras señoras Claudia Arenas González y Juana Ríos Meza y el Abogado Integrante señor Mario Palma Sotomayor. Relator (a): Alejandra Pino Montero Digitador (a): Gerard Barreda D
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