VON KANEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
14 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Franklin Alexander Franco Castillo, abogado, en favor de Horst Harald Von Kanel, de nacionalidad estadounidense, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el rechazo mediante silencio administrativo de su solicitud de regularización de su situación migratoria, lo que vulneraría los derechos que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el número 2 del artículo 19. Alega que el recurrente formuló su petición ante la autoridad administrativa el 21 de enero de 2021, sin embargo, el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado respuesta a su solicitud, lo que importa un rechazo mediante silencio administrativo Denuncia como ilegal y arbitraria, en consecuencia, la omisión de la autoridad recurrida consistente en la falta de información del estado de su petición de permanencia definitiva. Pide se acoja el recurso, ordenando a la autoridad emitir pronunciamiento favorable sobre la solicitud de regularización de la situación migratoria, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que al evacuar informe el Servicio Nacional de Migraciones expone que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra actualmente en trámite. Refiere que mediante Resolución Exenta N° 21435958 de 10 de diciembre de 2021, la solicitud avanzó a la etapa de “evaluación intermedia”, de conformidad a la Circular N° 12 del Servicio Nacional de Migraciones. Aduce a continuación que, mientras el permiso se encuentre en tramitación, la parte recurrente en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 en relación al artículo 157 N° 5, ambos del Decreto Supremo N° 597 de 1984, mantendrá residencia regular en el país. Indica, que el plazo establecido en el artículo 27 de la Ley N° 19.880, podrá ser mayor a seis meses cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, debiendo entenderse como tal la pandemia. Añade que la substanciación de la solicitud de
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido, solo en cuanto la autoridad recurrida deberá pronunciarse fundadamente sobre la solitud de permanencia definitiva de Horst Harald Von Kanel, dentro del plazo de treinta días contados desde que esta sentencia adquiera el carácter de firme. Regístrese y comuníquese. N°Protección-105840-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de febrero de dos mil veintitrés. Al folio 10: A lo principal, téngase presente. Al otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Franklin Alexander Franco Castillo, abogado, en favor de Horst Harald Von Kanel, de nacionalidad estadounidense, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el re
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