DURÁN / COMISION MEDICA CENTRAL, SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES / FISCO DE CHILE
Rol
Fecha
14 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Que ante esta Corte comparece Sebastián Henríquez Gutiérrez, abogado, quien interpone recurso de protección de garantías constitucionales en favor de don Miguel Alejandro Durán Jara, domiciliado para estos efectos en Del Empresario N°3055, Villa Santa Catalina, Puente Alto; y en contra de la Comisión Médica Central, de la Superintendencia de Pensiones, y el Fisco de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la Resolución N°024.8165/2022, de 5 de agosto de 2022 y notificada el día 20 de agosto de 2022 que rechazó decretar pensión de invalidez respecto a su representado; acto que, a su parecer, ha perturbado y amenazado su legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 19 numerales 1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República. Indica que el recurrente se desempeñó durante 37 años como trabajador en la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (C.M.P.C), en labores de maquinista y maestro cortador de papeles. En el mes de febrero de 2016 fue desvinculado del trabajo al haber perdido las capacidades físicas para el desarrollo adecuado de su trabajo no pudiendo migrar a desarrollar otras actividades remuneradas dado su complejo estado de salud. Refiere que en el año 2017, el señor Durán ingresó ante la Comisión Médica de la Región Santiago Sur, una solicitud para evaluar su grado de invalidez, y con ello aspirar a ser merecedor de una pensión que le permitiera subsistir toda vez que su situación médica le impedía desarrollar una actividad remunerada. Tras una exhaustiva evaluación, la Comisión Médica Santiago Sur, con el 5 de julio de 2017, teniendo presente la artrosis de rodillas que padecía, y el complejo lumbago que sufría, resolvió dictaminar que éste sufría un porcentaje del menoscabo de la capacidad de trabajo que alcanzaba un 58%, pudiendo optar a una pensión de invalidez transitoria. Ante esta resolución, las Compañías de Seguros respectivas ingresaron un reclamo ante la Comisión Médica Central de la Sup
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara que se rechaza el recurso de protección interpuesto en favor de don Miguel Alejandro Durán Jara. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Rol 21.433-2022 Protección
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó en contra del recurso el abogado Camilo Yáñez Miranda. San Miguel, 14 de febrero de 2023. San Miguel, catorce de febrero de dos mil veintitrés. A los folios 20 y 22: Téngase presente. Vistos: Primero: Que ante esta Corte comparece Sebastián Henríquez Gutiérrez, abogado, quien interpone recurso de protección de garantías constitucionales en favor de don Miguel Alejandro
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