SIN INFORMACION

TOVAR/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Queen Mary Gwendoline Tovar Colmenares, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamiento respecto de su solicitud regularización migratoria. Estimando que con ello se vulnera la garantía contenida en el artículo 19 N° 2 de la constitución Política, solicita se acoja el recurso y se ordene a la recurrida resolver, sin más trámite, la petición efectuada, con costas. Expone que presentó solicitud de regularización migratoria el 23 de junio de 2021. Sin embargo, hasta la fecha no ha recibido ninguna comunicación oficial por parte de extranjería, habiendo transcurrido más de un año. Reprocha que la dilación de la autoridad excede con creces el tiempo prudente que debiera demorar, por lo que resulta urgente que se disponga la resolución y otorgamiento de su petición. SEGUNDO: Que, la recurrida solicitó el rechazo de la acción. si bien en su oportunidad informó que la solicitud se encontraba en tramitación, de forma previa a la vista de la causa, amplió su informe, detallando que mediante la Resolución Exenta Nº 22439812, de fecha 11 de octubre de 2022, del Servicio Nacional de Migraciones, se procedió a regularizar la situación migratoria de la recurrente, otorgándosele un permiso de residente temporal por el período de un año. En consecuencia, entiende que no existe actualmente un acto u omisión que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en especial porque, al haberse concedido al recurrente residencia definitiva, su situación migratoria es regular y que la acción de protección carece de toda oportunidad y eficacia. TERCERO: Que, como se sabe, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Queen Mary Gwendoline Tovar Colmenares. Regístrese y comuníquese. N°Protección-101254-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de febrero de dos mil veintitrés. Al folio 8: A lo principal, téngase presente en la vista de la causa. Al otrosí, a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Queen Mary Gwendoline Tovar Colmenares, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública

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