SIN INFORMACION

HIDALGO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Douglas Enrique Hidalgo Piñero y Juana María Ulloa de Mendoza, ambos venezolanos, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamiento respecto de sus solicitudes de permanencia definitiva y visa de residencia temporaria. Estiman que con ello se vulnera la garantía contenida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política, por lo que solicitan se acoja el recurso y se ordene a la recurrida resolver, sin más trámite, las peticiones efectuadas, con costas. Exponen que presentaron solicitudes de permanencia definitiva y visa temporaria, el 10 de noviembre de 2020 y 12 de diciembre de 2021, respectivamente, y sin embargo, hasta la fecha no han recibido ninguna comunicación por parte de extranjería, habiendo transcurrido más de un año. Reprochan que la dilación de la autoridad excede con creces el tiempo prudente que debiera demorar, por lo que resulta urgente que se disponga la resolución y otorgamiento de su petición. SEGUNDO: Que, la recurrida solicitó el rechazo de la acción, por haber perdido oportunidad. Si bien en su momento informó que las solicitudes se encontraban en tramitación, de forma previa a la vista de la causa amplió la información de los recurrentes, manifestando, respecto del recurrente Douglas Enrique Hidalgo Piñero, que con fecha 10 de noviembre de 2020, solicitó ante esta autoridad migratoria, ampliar plazo de su visa. Mediante la Resolución Exenta N°22517200, de 20 de diciembre de 2022, se concede al recurrente beneficio migratorio de permanencia definitiva. Respecto de la recurrente Juana Maria Ulloa De Mendoza, con fecha 12 de diciembre de 2021, solicitó ante esta autoridad migratoria, ampliar plazo de su visa. Mediante la Resolución Exenta N°104643, de 24 de noviembre de 2022, se concede a la recurrente beneficio migratorio de prórroga de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Douglas Enrique Hidalgo Piñero y Juana María Ulloa de Mendoza. Regístrese y comuníquese. N°Protección-102576-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de febrero de dos mil veintitrés. Al folio 7: A lo principal y primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, a sus antecedentes. Al folio 8: Téngase presente Al folio 9: A lo principal, téngase presente en la vista de la causa. Al otrosí, a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Douglas Enrique Hi

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