CARDENAS / VÁSQUEZ
Rol
Fecha
15 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, se deduce recurso de protección por Gustavo Cárdenas Hilario, en contra de Ligia Sharaby Vásquez Droguett, por el acto arbitrario e ilegal consistente en publicar funas en las redes sociales instagram y facebook, donde se le imputa el carácter de violador, narrando un hecho de agosto de 2018, donde supuestamente el actor habría abusado de la recurrida cuando estaba ebria; lo que afecta su derecho a la honra, puesto que dichas imputaciones se han traducido en injurias y calumnias publicadas profusamente. Solicita que se ordene la eliminación de las publicaciones en las cuentas de facebook de la recurrida, que tengan por objeto denostar al recurrente y a su familia, asimismo, pide que se ordene en lo sucesivo la prohibición de la reiteración de estas conductas por parte de la recurrida, prohibiéndose asimismo las publicaciones injuriosas y/o calumniosas u otras que generen desprestigio, descrédito o afecten la honra. A folio 16, se informa por la recurrida Ligia Sharaby Vásquez Droguett, solicitando el rechazo del recurso de protección. Sostiene la efectividad de la publicación, indicando que la intención para realizarla fue el desahogo debido al silencio de una agresión sexual vivida hace más de 4 años, y alertar a otras mujeres para evitar el sufrimiento por un abuso sexual o violación, más aun, cuando su grupo familiar y amistades desconocían este hecho, sumado a que se ganó la confianza de su familia, quebrantando su seguridad al interior del seno familiar. Agrega que debido a la situación descrita sufrió sentimiento de culpa en el año 2018, debiendo ingresar a un tratamiento psicológico en el año 2021, donde se le diagnostico estrés post traumático. Puntualiza, que las publicaciones fueron eliminadas, aquellas de facebook en el plazo de ocho horas, mientras que la de instagram en dos semanas. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, atendido el mérito de los antecedentes, especialmente el reconocimiento de la realización de las publicaciones por la recurrida, se da cuenta que efectivamente se realizaron “funas” en las redes sociales de “facebook” e “instagram” que le imputan el carácter de violador al recurrente, por lo que el derecho a la honra se encuentra amenazado. Segundo: Que, por otra parte, los documentos que acompaña la recurrida no son suficientes para acreditar la eliminación de las publicaciones, por lo que se acogerá el recurso en los términos que se dirá.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Gustavo Cárdenas Hilario, en contra de Ligia Sharaby Vásquez Droguett, solo en cuanto, la recurrida deberá eliminar toda publicación en contra del actor y, en lo sucesivo, deberá abstenerse de realizar publicaciones como las que fundan el recurso. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-171576-2022. En Valparaíso, quince de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso. Valparaíso, quince de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se deduce recurso de protección por Gustavo Cárdenas Hilario, en contra de Ligia Sharaby Vásquez Droguett, por el acto arbitrario e ilegal consistente en publicar funas en las redes sociales instagram y facebook, donde se le imputa el carácter de violador, narrando un hecho de agosto de 2018, donde supues
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