2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ MARCELO AGUSTIN ALVAREZ LOPEZ

Rol

Fecha

13 de febrero de 2023

Materia

TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 9 LEY Nº17.798.

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En causa RUC N° 1900285765-3, RIT 331-2022, comparece don Marcelo Jerez Ávila, Defensor Penal Público, en representación de don Marcelo Agustín Álvarez López, y recurre de nulidad en contra de la sentencia de fecha 30 de noviembre del presente año, dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por la magistrada doña Denisse Ehrenfeld Ebbinghaus, quien la presidió, el juez señor Eduardo Gallardo Frías, en calidad de integrante y la magistrada doña Paula Rodríguez Fondón, como redactara, siendo el sentenciado condenado, sin costas, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de porte ilegal de arma de fuego perpetrado, el 8 de marzo de 2019, en la intersección de calles Pedro de Fontova con Vichuquén, de la comuna de Conchalí. Se le condena, además, a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, debiendo cumplir efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, la que se le contará desde que se presente o sea habido, sin abonos, por no haber estado privado de libertad con ocasión de esta causa, según consta del certificado del jefe de Unidad de Causas del tribunal a quo. El medio de impugnación se funda como causal exclusiva de nulidad, en la contenida en el artículo 374, letra e), en relación con el artículo 342 letras c), ambos del Código Procesal Penal, en concordancia con el artículo 297 del mismo cuerpo legal, al afectar la lógica de razón suficiente y no contradicción, y por otro lado, no se cumple con lo dispuesto en el artículo 297 incisos 2 y 3, al ser incompleta la fundamentación de la sentencia. Con fecha 24 de enero último, se celebró la audiencia de rigor, fijándose en definitiva la audiencia de lectura de la sentencia para hoy.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que como fundamento de la causal exclusiva invocada, se señala que en la sentencia que motiva el recurso, no se da cumplimiento a lo mandatado por la letra c) del artículo 342, en relación con el artículo 297, ambos del Código Procesal Penal, por lo que la omisión en cuestión necesariamente debe acarrear la nulidad del juicio oral, sino que también del

Fallo

fallo que se impugna. Se asevera por la defensa que la decisión del Segundo Tribunal Oral en lo Penal infringe, en primer lugar, la lógica de razón suficiente y no contradicción en la valoración de la prueba, al condenar a su representado por el delito de porte ilegal de arma de fuego, desechando la tesis de la defensa en cuanto a la concurrencia de una falta de participación del acusado en los hechos antes señalados. A su juicio, nos encontramos con dos versiones que se contraponen: la de su representado y la de los funcionarios aprehensores que declaran en juicio oral, sin existir más testigos de los hechos a excepción de los testigos de la defensa que corrobora la versión del imputado, estando en el lugar de los hechos, señalando la dinámica de ellos. Consecuentemente, en el juicio se debía dirimir cuál era la versión que, de acuerdo con la prueba presentada y a los principios de la lógica, resultaba posible de ser acreditado más allá de toda duda razonable. Expresa que en cuanto a la versión entregada por su mandante durante el juicio, se deja constancia en el considerando TERCERO de la sentencia recurrida, estableciendo lo siguiente: “Al efecto señaló que un par de horas antes de los hechos, estaba en la población Juanita Aguirre, donde vivía, a 20 cuadras. En esa fecha estaba en situación de calle, porque las drogas le habían ganado la batalla, había perdido a su familia y sus cosas habían quedado en la calle, porque había sido desalojado y estaba próximo a internarse e

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: En causa RUC N° 1900285765-3, RIT 331-2022, comparece don Marcelo Jerez Ávila, Defensor Penal Público, en representación de don Marcelo Agustín Álvarez López, y recurre de nulidad en contra de la sentencia de fecha 30 de noviembre del presente año, dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, inte

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica