SIN INFORMACION

QUADRANTE-ENGENHARIA E CONSULTORÍA S.A.- AGENCIA EN CHILE/VIGESIMO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (LTE) CON I.C. N° 496-2023.

Rol

Fecha

13 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que el abogado Gustavo Cuevas Manríquez, en representación de la demandada QUADRANTE ENGENHARIA E CONSULTORÍA S.A., AGENCIA EN CHILE, en juicio ordinario de cumplimiento de contrato e indemnización de perjuicio, recurre de hecho contra la resolución de 6 de enero de 2023, dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, que concedió el recurso de apelación interpuesto en subsidio de reposición contra la resolución que desestimó la oposición de aquella parte a las exhibiciones de documentos decretadas por el tribunal. Entiende que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 188 y 189 y 326 del Código de Procedimiento Civil del Código de Procedimiento Civil, la apelación era improcedente. 2°) Que el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil establece: “Los autos y decretos no son apelables cuando ordenen trámites necesarios para la substanciación regular del juicio; pero son apelables cuando alteran dicha substanciación o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley…”.- Y el artículo 326 inciso 2° del mismo cuerpo legal “Son inapelables la resolución que dispone la práctica de alguna diligencia probatoria y la que da lugar a la ampliación de la prueba sobre hechos nuevos alegados durante el término probatorio”. 3°) Que en este caso la resolución que rechaza la reposición a la diligencia decretada resulta inapelable tanto por tratarse de un decreto o proveído, como por disponer la realización de una diligencia de prueba, siendo un asunto distinto la objeción que pueda presentarse en la diligencia misma acerca de los documentos ordenados traer. En consecuencia y visto, además, lo dispuesto en el artículo 191 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido y, en consecuencia, se declara inadmisible la apelación interpuesta por la parte demandante contra resolución que dispuso la diligencia de exhibición de documentos. Agréguese copia en el Ingreso Corte N° Civil-496-2023. Re

Fallo

se declara inadmisible la apelación interpuesta por la parte demandante contra resolución que dispuso la diligencia de exhibición de documentos. Agréguese copia en el Ingreso Corte N° Civil-496-2023. Regístrese y archívese. N°Civil-820-2023. Pronunciada por la Séptima Sala, integrada por el Ministro señora Elsa Barrientos Guerrero, el Ministro (S) señora Lidia Poza Matus y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, trece de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el abogado Gustavo Cuevas Manríquez, en representación de la demandada QUADRANTE ENGENHARIA E CONSULTORÍA S.A., AGENCIA EN CHILE, en juicio ordinario de cumplimiento de contrato e indemnización de perjuicio, recurre de hecho contra la resolución de 6 de enero de 2023, dictada por el Vigésimo Juz

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