SIN INFORMACION

HONORE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

13 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 25 de noviembre de 2022, comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, para interponer recurso de protección en favor de Jude Bernard Honore, haitiano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos con domicilio en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva. Indica que el recurrente solicitó el 27 de septiembre de 2021 el beneficio migratorio indicado, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndolo en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud referida, con expresa condenación en costas. Segundo: Que evacúa el informe respectivo el abogado del Servicio Nacional de Migraciones don Nicolás Cornejo Montenegro, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostiene que, desde el 23 de noviembre de 2022, la solicitud se encuentra en etapa de “resolución”. Señala que el artículo 38 de la Ley 21.325 establece expresamente que todos los extranjeros que ostenten un certificado de residencia en trámite vigente son libres para entrar y salir del país, sin limitaciones. En cuanto al tiempo de tramitación, refiere que la pandemia que afecta al paí

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Jude Bernard Honore, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que la autoridad recurrida deberá resolver la solicitud materia de estos autos en el plazo de sesenta días corridos, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. N° 29687-2022 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, trece de febrero dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 25 de noviembre de 2022, comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, para interponer recurso de protección en favor de Jude Bernard Honore, haitiano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos con domicilio en calle San A

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica