JEAN BAPTISTE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
13 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 28 de noviembre de 2022, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en favor de Jean Baptiste, Haitiano, domiciliado en Senderos 2 N°5.261, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana de Santiago, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por no resolver su solicitud de residencia definitiva. Indica que se realizó la antedicha petición el 18 de noviembre de 2020, sin que hasta la fecha de la presentación del recurso, exista pronunciamiento de la autoridad recurrida, manteniéndola en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que evacúan informe Nicolás Cornejo Montenegro y Valentina Gómez Baltán, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del mismo en todas sus partes. Indican que efectivamente el 18 de noviembre de 2020 la parte recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva; que la autoridad migratoria le dio curso a su solicitud, pero le indicó que su solicitud se encontraba incompleta, en concreto porque su certificado de antecedentes del país de origen no fue presentado debidamente, ni con la correspondiente apostilla o legalización; que entregados nuevos documentos por parte del recurrente, se requirió el correspondiente pago de derechos, y constatado el pago de ellos la solicitud avanzó a la etapa de Re
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge el recurso de protección deducido a favor de Jean Baptiste, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 30.159-2022 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, trece de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 28 de noviembre de 2022, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en favor de Jean Baptiste, Haitiano, domiciliado en Senderos 2 N°5.261, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana de Santiago, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por n
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