PRADO/JUZGADO DE LETRAS, FAMILIA LABORAL Y COBRANZA DE VILLARRICA
Rol
Fecha
13 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Ricardo Prado Crot, en estos autos “Plaza con Prado”, rol C-605-2019 del Juzgado de Letras de Villarrica, e interpone verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 14 de noviembre de 2022, que declaró inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución dictada el 07 de noviembre del mismo año, que rechazó la objeción de costas. Refiere que la apelación en subsidio debió concederse, por los siguientes argumentos de hecho y derecho: La naturaleza de la resolución recurrida es de “auto” o “decreto” que altera la sustanciación de la causa y pone término a la instancia, o porque es una interlocutoria, siendo en ambos casos, apelable. Segundo: Que, doña Marianela Arellano Vaillant, Juez Titular del Juzgado de letras de Villarrica, expone en su informe que siendo la resolución que rechaza la objeción de las costas una interlocutoria, la apelación debió deducirse derechamente y no es subsidio, por lo que en virtud de la forma en que el recurso fue deducido, es que el mismo fue declarado inadmisible. Tercero: Que, atendidas las alegaciones efectuadas por la recurrente, dicen relación en su mayoría con aspectos de fondo, lo relevante en definitiva resulta de concluir que la resolución apelada efectivamente presenta una naturaleza de interlocutoria, lo que hacía indispensable deducir el remedio procesal de manera directa, razón que lleva necesariamente a rechazar el presente hecho. Por estas consideraciones, y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 181, 187 y 188, y 201 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° Civil-1746-2022.(jog)
Fallo
Por estas consideraciones, y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 181, 187 y 188, y 201 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° Civil-1746-2022.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, trece de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Ricardo Prado Crot, en estos autos “Plaza con Prado”, rol C-605-2019 del Juzgado de Letras de Villarrica, e interpone verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 14 de noviembre de 2022, que declaró inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de
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