CENTRO DE MEDIDAS CAUTELARES DE SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

13 de febrero de 2023

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que tal como consta del mérito de autos lo apelado en este ingreso dice relación con la disposición de fecha 09 de marzo de dos mil veintidós, de una medida cautelar -suspensión de régimen de relación directa y regular-, que fue ordenada por el tribunal a quo por sesenta días, motivo por el cual, siendo imposible enmendar la resolución en alzada, toda vez que la misma no se encuentra actualmente vigente, deberá necesariamente confirmársela. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 67 N° 2 de la Ley 19.968, se confirma la...

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 67 N° 2 de la Ley 19.968, se confirma la...

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C.A. de Santiago Santiago, trece de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que tal como consta del mérito de autos lo apelado en este ingreso dice relación con la disposición de fecha 09 de marzo de dos mil veintidós, de una medida cautelar -suspensión de régimen de relación directa y regular-, que fue ordenada por el tribunal a quo por sesenta días, motivo por el cual,

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