SERVICIOS VETERINARIOS Y DE CAPACITACION RAYULEN SPA /INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Rol
Fecha
13 de febrero de 2023
Materia
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LICITATORIO
Resultado
RECHAZADA (DEL ACUERDO)
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que por sentencia de doce de octubre del año dos mil veintidós, el Honorable Tribunal de Contratación Publica resolvió rechazar la acción de impugnación interpuesta por don Mario Eduardo Cáraves Heck, en representación de Servicios Veterinarios y de Capacitación Rayulen Spa en contra del Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, con motivo de la licitación pública denominada “Contratación De Servicios De Asesoría Técnica Ganaderos De INDAP Área Curicó, Región Del Maule”, Id 740-75-Le20. SEGUNDO: Que doña Yasna Cancino Rosson, Abogada, por Servicios Veterinarios y de Capacitación Rayulen Spa deduce recurso de reclamación en contra de la sentencia de 12 de octubre de 2022 –notificada por correo electrónico el día 14 de octubre de 2022-, que rechazó la acción de impugnación. Explica que su representada, con fecha 27 de noviembre de ese año, presentó acción de impugnación en contra del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) por el acto ilegal y arbitrario que realizó en el procedimiento licitatorio público ID 740-75LE20, llevado a cabo por la Dirección Regional del Maule del INDAP, mediante la Resolución Exenta N°144619 del Director Regional de fecha 16 de noviembre del año 2020. Explica que la referida licitación, tenía como objeto contratar la provisión de servicios profesionales para la ejecución del SAT, de acuerdo a la Norma Técnica y Procedimientos Operativos del Programa de Servicio de Asesorías Técnicas SAT. En concreto, el acto ilegal y arbitrario surge al momento que la Comisión Evaluadora, evalúa las propuestas técnicas, según consta del Informe Comisión de Evaluación Técnica Económica, asignándole a su representado un puntaje de 84,75, versus 88,75 puntos, al oferente Ennio Aguirre. No obstante, el puntaje de su representada se encuentra mal calculado porque en “Experiencia del Profesional y/o Técnico que asumirá el servicio base”, se le asignó un puntaje de 70 y no de 100 (que era el total), indicando concretamente que don Mario s
Fallo
fallo realizó una errónea calificación jurídica de los hechos; y concretamente, porque la Comisión no consideró documentos o realizó una errónea valoración de ellos y se trata de los siguientes: 1.- Certificado Experiencia Laboral Específica, emitido por Andrea Cáceres Hormazabal, Jefe de Departamento de personas, en el cual se expresan las funciones ejercidas por don Mario Cáraves: - “Ejecutivo integral área San Clemente: desde 02/08/2010 al 05/07/2011. - Jefe de área Curicó: desde el 06/07/2011 al 10/06/2012. - Jefe de Operaciones Regional: desde el 11/06/2012 al 30/11/2012. - Jefe de Área Curicó: desde el 01/12/2012 al 27/04/2014. - Profesional de apoyo área Curicó: desde el 28/04/2014 al 11/08/2014.” 2.- Carta de Recomendación emitida por don Rodrigo Bugueiro Olate, Jefe de Área INDAP Talca en el cual se expresa “Conozco al Dr. Cáraves desde el año 2020, cuando trabajo en INDAP. Se desempeñó como profesional de Apoyo en el Área de San Clemente, Jefe de Área en Curicó y Jefe de Operaciones Regional, en Talca (…). Siendo profesional de apoyo en San Clemente le correspondió supervisar el Programa de Emergencia producto del terremoto del año 2010 y el programa de Desarrollo Local (PRODESAL). Siendo Jefe de Área en Curicó le correspondió liderar un equipo técnico y profesional de funcionarios de INDAP, más la coordinación y ejecución de los Programas de Fomento de INDAP (…). Siendo Jefe de Operaciones Regional le correspondió la planificación y ejecución de las políticas de
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Santiago, trece de febrero del año dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Que por sentencia de doce de octubre del año dos mil veintidós, el Honorable Tribunal de Contratación Publica resolvió rechazar la acción de impugnación interpuesta por don Mario Eduardo Cáraves Heck, en representación de Servicios Veterinarios y de Capacitación Rayulen Spa en contra del Instituto de Desarrollo Agropecuario,
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