SIN INFORMACION

JACQUES / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

13 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 14 de noviembre de 2022 se recurre de protección en favor de la ciudadana haitiana Lime Laissa Jacques contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva que solicitó en el mes de mayo de 2020, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicita ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. Con fecha 13 de enero de 2023 se prescindió del informe solicitado a la recurrida y se trajeron los autos en relación. Con fecha 19 de enero de 2023 la recurrida hizo presente que por comunicación enviada el día 13 de dicho mes y año al correo electrónico de la recurrente, se le solicitó a esta que enviara documentación faltante sobre certificado de antecedentes apostillado y documentación que acredite solvencia económica. Con fecha 23 de enero de 2023 la ciudadana extranjera expuso la imposibilidad de poder adjuntar la referida documentación a través del sistema informático que mantiene la recurrida. Con fecha 1 de febrero de 2023, en cumplimiento del trámite ordenado en folio 18, el Servicio Nacional de Migraciones informó que para que la recurrente pueda cumplir lo solicitado, se dictó oficio N° 8060 de igual fecha, en el cual se le solicitó a la misma acompañar certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado o apostillado y orden de giro pagada, los cuales debe remitir por correo certificado a la dirección que indica. Con fecha 2 de febrero de 2023 la parte recurrente informó que ese mismo día cumplió con lo instruido por el servicio recurrido y remitió por correo certificado la documentación solicitada. Se ordenó regir el decreto autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que, si bien el estado de tramitación del requerimiento de la parte recurrente, tendiente a la obtención de su permanencia definitiva, se encuentra en trámite, no es menos cierto que ha existido una dilación excesiva en su tramitación, y,

Fallo

por tanto, implica una omisión ilegal que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando su garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Lime Laissa Jacques y, por consiguiente, el Servicio Nacional de Migraciones deberá dentro del plazo de sesenta días, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda, sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-156482-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 14 de noviembre de 2022 se recurre de protección en favor de la ciudadana haitiana Lime Laissa Jacques contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva que solicitó en el mes de mayo de 2020, lo que vulnera su garantía de i

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