SIN INFORMACION

CARLOS GABRIEL JIMÉNEZ ZAMBRANO/ISAPRE BANMÉDICA S.A.

Rol

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/PREVENCIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1.- En estos antecedentes rol ingreso Protección 133.321-2022, el abogado Andrés Franchi Muñoz, interpone recurso de protección en favor de Carlos Gabriel Jiménez Zambrano, contador auditor, con domicilio en calle Arrau Méndez N°386 Pedro de Valdivia comuna de Concepción en contra de Isapre Banmédica S.A. En síntesis, señala que el 30 de noviembre del año 2022 a las 10:06 horas el recurrente recibe en su casilla de correo electrónico carlosg.jimenez@gmail.com, un mail remitido por la Isapre Banmédica S.A. donde se le adjunta carta suscrita por Harold Bushmann Ortiz, Subgerente Unidad Interna de Fraudes de fecha 29 de noviembre del año 2022, el que fue enviado desde la casilla banmedicainforma@baltecj.cl, cuyo tenor es el siguiente: “De nuestra consideración: Mediante la presente, comunicamos a usted nuestra decisión de poner término a su contrato de salud celebrado con Isapre Banmédica, de conformidad con las facultades que nos confiere el artículo N°201 del DFL N°1, de 2005, de Salud. Esta determinación se fundamenta en el incumplimiento de sus obligaciones contractuales establecidas en el referido artículo N°201 letra c), el cual señala como causal de término de contrato, lo siguiente: “Impetrar formalmente u obtener indebidamente, para él o para alguno de sus beneficiarios, beneficios que no le correspondan o que sean mayores a los que procedan. Igual sanción se aplicará cuando se beneficie a un tercero ajeno al contrato”. En su caso, hemos recibido las licencias médicas: N°11530288 emisor Juan Julio Humberto Lizama Arias y N°11914698 emisor Juan Julio Humberto Lizama Arias, respecto de las cuales no existen registro en la Isapre de la realización de una consulta médica en la cual usted haya sido evaluado por el profesional señalado, ni tampoco de la realización de otras prestaciones asociadas al diagnóstico consignado en las licencias, que justifiquen su emisión. Por lo anterior, Isapre Banmédica ha interpuesto acciones legales en contra del referido profesional, fundadas en la causal legal de falsedad en el otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas. Adicionalmente, le informamos que la Isapre podrá perseguir las responsabilidades civiles y/o penales a que dieren lugar los hechos que justifican el término de su contrato de salud, en contra de todos quienes resulten responsables de estas conductas. Por consiguiente, el término de beneficios para usted y sus beneficiarios se producirá el día 31 de diciembre de 2022. Adjuntamos a la presente una copia del Formulario Único de Notificación (FUN) que formaliza el término de contrato informado por la Isapre”. Pues bien, el termino unilateral por parte del recurrida del contrato de salud que mantiene para con el recurrente y que se comunicara por correo electrónica el 30 de noviembre de 2022 de junio de 2022 es un acto ilegal y arbitrario, es ilegal, por cuanto vulnera el artículo 201 N° 3 del DFL N° 1 de Salud del año 2005 del Ministerio de Salud, artículo 1 del Códi

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección interpuesta a favor de Carlos Gabriel Jiménez Zambrano, en contra de Isapre Banmédica S.A. Previene el Ministro Camilo Álvarez Órdenes señalando que no obstante concurrir a la decisión de rechazar el recurso por las razones antes expuestas, fue de la opinión de condenar en costas a la recurrida, habida consideración que sólo una vez presentado el recurso, y en una segunda revisión de los antecedentes, dejó sin efecto el acto recurrido, evidenciando con esto no sólo la irregularidad del mismo, sino que, además, obligó al recurrente a litigar y soportar los costos que irroga tramitar la acción incoada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redactó el abogado integrante Marcelo Matus Fuentes. Rol Protección N° 133.321-2022.

Texto Completo (Preview)

Concepción, diez de febrero de dos mil veintitrés. Visto y considerando: 1.- En estos antecedentes rol ingreso Protección 133.321-2022, el abogado Andrés Franchi Muñoz, interpone recurso de protección en favor de Carlos Gabriel Jiménez Zambrano, contador auditor, con domicilio en calle Arrau Méndez N°386 Pedro de Valdivia comuna de Concepción en contra de Isapre Banmédica S.A. En síntesis, señal

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