C.A. de Santiago

SIFUENTES DE RAMIREZ ADRIANA Y OTROS CONTRA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

91148-2021

Fecha

17 de diciembre de 2021

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su

Fundamentos

considerando 4°, que se elimina. Y teniendo, además, presente: Que de los antecedentes adjuntados por la recurrente en su apelación aparece justificado que se ingresaron solicitudes de visa de residente temporario dependiente N°s. 924867 y 924852, a nombre de JOAS BENAIA RAMÍREZ SIFUENTES y SUSEJ NAZARET RAMÍREZ SIFUENTES, respectivamente, las cuales la autoridad recurrida desconoce y, por ende, respecto de las cuales no se ha pronunciado para poner término al procedimiento administrativo iniciado mediante dichas solicitudes de visa, lo cual afecta el derecho a la libertad ambulatoria de las amparadas al impedirles sin causa legal acceder al territorio nacional mediante los instrumentos previstos para un ingreso regular. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca parcialmente la sentencia apelada de doce de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 2090-21 sólo en cuanto rechaza la acción constitucional interpuesta en favor de JOAS BENAIA RAMÍREZ SIFUENTES y SUSEJ NAZARET RAMÍREZ SIFUENTES y, en su lugar,

Fallo

se declara que se acoge también la acción en su favor, debiendo la recurrida pronunciarse, conforme a derecho, sobre las solicitudes de visa de residente temporario dependiente N°s. 924867 y 924852 presentadas dentro de 30 días y, en el evento de faltar algún antecedente que deba ser acompañado por las peticionarias, deberá otorgarse un plazo de 5 días al afecto antes de resolver. Regístrese y devuélvase. Rol N° 91.148-21

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Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su considerando 4°, que se elimina. Y teniendo, además, presente: Que de los antecedentes adjuntados por la recurrente en su apelación aparece justificado que se ingresaron solicitudes de visa de residente temporario dependiente N°s. 924867 y 924852, a nombre de JOAS BENAIA RAMÍREZ

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