SIN INFORMACION

GONZALEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/VOTO EN CONTRA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1.- En estos antecedentes rol ingreso Protección 73.453-2022, el abogado Pablo Javier Cancino Valenzuela, a favor de Alicex Chiquinquira González Márquez, sexo femenino, fecha de nacimiento 23 de febrero de 1974, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad número 26.579.257-K, número de pasaporte 100513820, ambos domiciliados para estos efectos en Freire N°1255, Concepción, interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en la emisión de resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando la solicitud de residencia definitiva, solicitada por el recurrente el 6 de octubre de 2019, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley 19.880. En síntesis, señala que no obstante haber transcurrido más de 36 de meses desde el ingreso de la solicitud de Permanencia Definitiva, no ha sido concedida. 2.- Informa la Dirección Regional del Biobío del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías reconocidas en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, y protegidas por la presente acción. En síntesis, señala que respecto de la situación migratoria de la recurrente, consta que el 30 de junio de 2020, se le comunica mediante Folio: 6614692, que su solicitud de permanencia definitiva no reúne los requisitos exigidos por la legislación vigente. Lo anterior, en atención a las razones que se exponen a continuación: - No adjuntó la documentación requerida para solicitar Permanencia Definitiva, o esta se encuentra incompleta o errónea. Lo anterior de acuerdo al siguiente detalle: El Contrato de trabajo no fue presentado, debe enviar contrato de trabajo completo correspondiente al Certificado de vigencia laboral (en su caso Resolución Exenta de Contratación). Por lo señalado, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Ley N° 19.880, de Procedimientos Administrativos, usted tiene un plazo de 5 días hábiles, a partir de la fecha de recepción de esta notificación, para subsanar la falta o acompañar los documentos respectivos, a través de la plataforma de Permanencia Definitiva digital, con el objeto de continuar con la tramitación de su solicitud. Si no lo hiciere en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su petición. No subsana sobre la misma e ingresa nueva solicitud con fecha 3 de julio de 2020 signada con ID 6971090. Con fecha 9 de diciembre de 2021, se dictó RESOLUCIÓN EXENTA N° 21403127, certificándose que su trámite se encue

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección interpuesta a favor de Alicex Chiquinquira González Márquez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordada contra el voto del Ministro Mauricio Silva Pizarro, quien fue de la opinión de acoger el recurso y conceder al Servicio recurrido el plazo de 60 días hábiles administrativos para pronunciarse respecto de la solicitud presentada por los recurrentes, bajo el entendido que la demora a que se hace referencia en este fallo es del todo injustificada, lo que provoca una vulneración en la garantía constitucional de igualdad ante la ley. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redactó el abogado integrante Marcelo Matus Fuentes. Rol Protección N° 73.453-2022.

Texto Completo (Preview)

Concepción, diez de febrero de dos mil veintitrés. Al escrito de folio 55670 (30): Estese al mérito de lo que se resolverá. Visto y considerando: 1.- En estos antecedentes rol ingreso Protección 73.453-2022, el abogado Pablo Javier Cancino Valenzuela, a favor de Alicex Chiquinquira González Márquez, sexo femenino, fecha de nacimiento 23 de febrero de 1974, de nacionalidad venezolana, cédula de i

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