2º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE TALCA

REYES/ANDRADES

Rol

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, de fecha 13 de abril de 2022, escrita de fojas a 59 a 63; con excepción de su fundamento décimo sexto, que se elimina. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que es un hecho establecido por el juez a quo que el querellante y actor civil don Ricardo Reyes Castro, es propietario del taxi colectivo patente única BCLL 66, que resultó dañado producto de la colisión de que fue objeto el día 29 de junio de 2020, de responsabilidad de la querellada y demandada civilmente doña María Victoria Salgado Méndez por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2314 del Código Civil, debe ser resarcido de los perjuicios causados. SEGUNDO: Que, siendo un hecho de la causa que el vehículo de propiedad del demandante señor Reyes Castro debió ser reparado y, por ende, no pudo ser trabajado como taxi colectivo durante dicho período por lo que, sin duda alguna dejó de percibir los ingresos que le generaba diariamente al actor. En tal sentido, resulta ilustrativo para esta Corte, el certificado emitido por el Presidente y representante legal de la Asociación Gremial de taxis colectivos Líneas 2 – 3 y 34 de Talca, don Justo Valenzuela Moya, que rola fojas 44, a la que pertenece el demandante, dado que en tal documento se da cuenta de estas circunstancias, precisando que el taxi colectivo patente única BCLL 66, estuvo en taller por choque durante 33 días y que la renta diaria para el propietario del vehículo ascendía a la suma $22.000, de manera que el total que habría percibido por ese período ascendería a la suma de $726.000.- Se le ha asignado valor probatorio a dicho documento por emanar de quien tiene la representación de la línea de colectivos a la que pertenece al actor; además, guarda relación con la tarifa cobrada por pasajero, que cada colectivo tiene una capacidad para 4 pasajeros y la multiplicidad de vueltas que se pueden hacer en un día de trabajo, lo que se analiza conforme a las máximas de la exp

Texto Completo (Preview)

Talca, diez de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, de fecha 13 de abril de 2022, escrita de fojas a 59 a 63; con excepción de su fundamento décimo sexto, que se elimina. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que es un hecho establecido por el juez a quo que el querellante y actor civil don Ricardo Reyes Castro, es propietario del tax

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