1º JUZGADO DE LETRAS DE IQUIQUE

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES CON ORELLANA

Rol

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

OTROS EJECUTIVOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Que recurre de apelación la parte ejecutada de la resolución de dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, pronunciada por el tribunal de la instancia que rechazó el incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento. En esta instancia la ejecutante acompañó un documento, con citación. En la vista de la causa, alegaron los abogados de ambas partes, don Hernán Aravena Angulo, por la parte apelante y ejecutada, y don Francisco Canales Díaz, por la ejecutante y recurrida.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el cuestionamiento planteado por el recurrente pasa por el valor otorgado por el tribunal al resolver la incidencia, tanto al atestado receptorial, al contenido del mismo y reclama por el menor valor entregado a la documental acompañada por su parte, para desvirtuar aquel. En su entender, estos últimos justificaban que a su representado no le llegaron las copias de la notificación y

Fallo

por tanto no fue debidamente emplazado en el juicio, lo que hacía procedente que fuera acogida su incidencia. SEGUNDO: Que conforme da cuenta del testimonio del receptor, el día trece de septiembre del año dos mil veintidós, siendo las doce horas ocho minutos, en su domicilio ubicado en calle 5 Sur Nº 4272, Departamento 12, Edificio A, Edificio Nostro Sole, Condominio Puesta de Sol Iquique, notificó a don (ña) OSCAR CARLO ORELLANA ARTIGAS, en conformidad al artículo 44 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, la demanda ejecutiva, escrito acompaña documentos, decreto de 05 de agosto del año 2022, escrito se resuelva derechamente con su resolución de 19 de agosto del año 2022, escrito cumple lo ordenado, acompaña documento con citación, rectifica lo que indica, decreto de 23 de agosto del año 2022 y escrito se complementa resolución que indica con su resolución de 25 de agosto del año 2022. Copia íntegra de lo notificado se la entregó a una persona adulta, sexo femenino, conserje de dicho domicilio, quien no dio su nombre y no firmó. El receptor, además, dejó constancia que las búsquedas habían sido hechas los días 9 y 13 de septiembre, oportunidades en que -señala- fue informado por intermedio de una persona adulta, sexo femenino, conserje de dicho domicilio, quien no dio su nombre, que ese era el domicilio y que éste se encontraba en el lugar del juicio, agregando que, conforme los dichos de ésta era difícil ubicarlo. TERCERO: Que la norma del artículo 44 del Cód

Texto Completo (Preview)

Iquique, diez de febrero de dos mil veintitrés. VISTO: Que recurre de apelación la parte ejecutada de la resolución de dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, pronunciada por el tribunal de la instancia que rechazó el incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento. En esta instancia la ejecutante acompañó un documento, con citación. En la vista de la causa, alegaron los aboga

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