SIN INFORMACION

/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 8 de febrero del presente año comparece doña Valentina Carrasco Valdés, Defensora Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº 18.981.487-9, domiciliada para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, interponiendo Recurso de Amparo en favor de ALEXIS FERNANDO RIVEROS MONSALVE, cédula nacional de identidad N°13.093.921-K, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el C.C.P. de Cauquenes y, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución de 13 de octubre de 2022, que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que el señor Riveros Monsalve se encuentra cumpliendo condena de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo por dos delitos de Robo con Intimidación, la cual inició el 8 de julio de 2018, debiendo culminar el 8 de julio de 2024. Adiciona que el tiempo mínimo de postulación se cumplió el 8 de julio de 2022, registrando 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en los artículos 2° número 3 del D.L. 321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…el postulante en la actualidad forma parte del Programa de Reinserción Social, posee Plan de intervención vigente, no obstante, se prevé que a la fecha ha progresado de manera parcial, encontrándose en nivel intermedio, por lo que de este proceso se puede señalar que si bien el postulante presentó cierta adherencia al programa, existen aún factores de riesgo que se mantienen sin progreso significativo como pares, actitud y orientación procriminal y control de impulsos violentos. En cuanto a la actitud y orientación pro criminal, tiende a validar y justificar su actual delictivo, lo que demuestra ausencia de arrepentimiento y nula visualización del mal causado. Trata de una persona privada de liberta

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado. Asimismo, la Corte estima que ésta no es la vía idónea para revisar las decisiones de la Comisión recurrida.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por doña Valentina Carrasco Valdés, en favor de ALEXIS FERNANDO RIVEROS MONSALVE, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución dictada el 13 de octubre de 2022. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 54-2023/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, diez de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 8 de febrero del presente año comparece doña Valentina Carrasco Valdés, Defensora Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº 18.981.487-9, domiciliada para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, interponiendo Recurso de Amparo en favor de ALEXIS FERNANDO RIVEROS MONSA

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