VIVIANA AMPUERO CARVAJAL CON WOM
Rol
Fecha
10 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada de fecha veintitrés de noviembre de dos mil veintidós; y teniendo presente, además, que los hechos descritos por la querellante y recurrente no se enmarcan dentro de las hipótesis contempladas en el artículo 3 bis de la ley 19.496; habida consideración, asimismo, del mérito de los antecedentes de la causa, y lo dispuesto en los artículos 61 de la Ley N° 19.496, artículo 32 de la Ley 18.287 y artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil; SE CONFIRMA la sentencia apelada. Regístrese y devuélvanse. Rol N°1-2023. Policia Local.
Fallo
fallo en alzada de fecha veintitrés de noviembre de dos mil veintidós; y teniendo presente, además, que los hechos descritos por la querellante y recurrente no se enmarcan dentro de las hipótesis contempladas en el artículo 3 bis de la ley 19.496; habida consideración, asimismo, del mérito de los antecedentes de la causa, y lo dispuesto en los artículos 61 de la Ley N° 19.496, artículo 32 de la Ley 18.287 y artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil; SE CONFIRMA la sentencia apelada. Regístrese y devuélvanse. Rol N°1-2023. Policia Local.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, diez de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada de fecha veintitrés de noviembre de dos mil veintidós; y teniendo presente, además, que los hechos descritos por la querellante y recurrente no se enmarcan dentro de las hipótesis contempladas en el artículo 3 bis de la ley 19.496; habida consideración, asimismo, del mérito de los antecedentes de la causa
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