TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO C/ MARCO ANTONIO REBOLLEDO RODRIGUEZ

Rol

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, teniendo especialmente presente, que el Juicio Oral en la presente causa debió realizarse el día 2 de noviembre de 2022, reprogramándose por resolución de despacho en dos ocasiones, y encontrándose actualmente agendada la audiencia respectiva para el día 5 de junio de 2023, de lo cual aparece que la extensión de la privación de libertad del imputado se origina en causas ajenas a este, y estimándose, además, que en este contexto, los fines del procedimiento pueden cautelarse con medidas alternativas a la prisión preventiva, se revoca la resolución apelada de treinta y uno de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Tribunal de Juicio Oral de Chillán, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva del imputado Jonathan Arturo Sandoval Vergara, y en su lugar se decretan las previstas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total y arraigo nacional. Acordada con el voto en contra de la Ministra Erica Pezoa Gallegos, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos, y teniendo presente, además, la pena solicitada por el Ministerio Público, el carácter del delito y la existencia de un proceso pendiente respecto del acusado, por un ilícito de la misma naturaleza, lo que hace necesario, en concepto de la disidente, mantener la prisión preventiva que pesa sobre Sandoval Vergara. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-55-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, diez de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, teniendo especialmente presente, que el Juicio Oral en la presente causa debió realizarse el día 2 de noviembre de 2022, reprogramándose por resolución de despacho en dos ocasiones, y encontrándose actualmente agendada la audien

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