9º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ LEONARDO DANIEL INOSTROZA GONZALEZ

Rol

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Con el mérito de los antecedentes que se han vertido en esta audiencia, se puede determinar que se da el presupuesto de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto de la participación de ambos imputados; y en cuanto a la letra c), teniendo en consideración la necesidad de cautela, la gravedad de la pena asignada al delito, el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, la agravante que ha invocado la fiscal y

Fundamentos

considerando también la naturaleza del delito y la existencia de un proceso pendiente respecto de uno de los acusados, es que se dan los presupuestos de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal para estimar la libertad de ambos imputados constituye un peligro para la seguridad social, siendo esta la única medida cautelar que puede asegurar los fines del procedimiento.

Fallo

Por estas consideraciones, se confirma, en lo apelado, la resolución apelada tres de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva a los imputados Martín Alejandro Colil Montero y Leonardo Daniel Inostroza González. Devuélvase. Rol Corte N° 692-2023. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, diez de febrero de dos mil veintitrés. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-692-2023 Ruc: 2300130209-4 Rit : O-934-2023 Juzgado: 9º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich, Fiscal Judicial señora Macarena Troncoso López y Abogada Integrante señora Bárbara Vidaurre Miller Relatora: Ignacia Vitolo C. Digitador

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