/MORRISON
Rol
Fecha
10 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1° Que, el presente recurso de amparo se ha deducido directamente ante esta Corte en contra de lo resuelto por una sala de la Corte de Apelaciones de Talca, constando de la certificación efectuada con esta fecha, que el mismo recurso se presentó ante dicho tribunal de alzada, el que lo declaró inadmisible con fecha nueve de febrero de dos mil veintitrés en el ingreso Rol 57-2023, entre otras razones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales. 2° Que, en consecuencia, en concepto de este tribunal de alzada, no resulta procedente que esta Corte se aboque al conocimiento de lo resuelto por una sala de la Corte de Apelaciones de Talca, pues ello importaría atribuirse de manera impropia la competencia como tribunal superior respecto de aquella, lo que afectaría seriamente las reglas de orden público sobre competencia contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, entre ellas la del grado y jerarquía, lo que a su vez podría constituir una seria vulneración del artículo 7° de la Constitución Política de la República. 3° Que, por lo demás, cabe reiterar que la Corte de Apelaciones de Talca, conociendo del mismo recurso de amparo, lo declaró inadmisible, resolución que, según consta en el certificado de esta fecha, no ha sido impugnada, sin que tampoco conste que se haya declarado incompetente para conocerlo, lo que a su vez impide aplicar las reglas de subrogación previstas en el artículo 216 del Código Orgánico de Tribunales. Por lo anterior y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 216 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de amparo interpuesto por el abogado Eduardo Becas Mora, a favor de Diego Alonso Hauva Grone, en contra de lo resuelto con fecha siete de febrero del año en curso por la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca. Al primer, segundo y tercer otrosí del folio N°1 y a todo el folio N°2: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Regístrese y en su oportunidad, archívese.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de amparo interpuesto por el abogado Eduardo Becas Mora, a favor de Diego Alonso Hauva Grone, en contra de lo resuelto con fecha siete de febrero del año en curso por la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca. Al primer, segundo y tercer otrosí del folio N°1 y a todo el folio N°2: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Regístrese y en su oportunidad, archívese. Rol I. Corte N°40-2023 Amparo.
Texto Completo (Preview)
vrm C.A. de Rancagua Rancagua, diez de febrero de dos mil veintitrés. Proveyendo a lo principal del folio N°1: Vistos: 1° Que, el presente recurso de amparo se ha deducido directamente ante esta Corte en contra de lo resuelto por una sala de la Corte de Apelaciones de Talca, constando de la certificación efectuada con esta fecha, que el mismo recurso se presentó ante dicho tribunal de alzada, el
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