1º JUZGADO DE LETRAS DE LINARES

SEGURIDAD PRIVADA Y SERVICIOS SYMEX SPA/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE LINARES

Rol

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En causa RIT I-6-2021 del Primer Juzgado de Letras de Linares, sobre reclamación de multa administrativa, caratulados “Seguridad Privada y Servicios Symex SpA/ Inspección Provincial del Trabajo Linares”, el abogado don ARIEL STEUERMANN B, en representación de la reclamante SEGURIDAD PRIVADA Y SERVICIOS SYMEX SPA., RUT Nº 76.763.619-9, dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada el 21 de abril de 2022, que rechazó íntegramente, sin costas, la reclamación interpuesta en contra de la Resolución N° 27, de fecha 28 de abril de 2021, de la Inspección Provincial de Linares, y en consecuencia NO HACE LUGAR, a dejar sin efecto la resolución antes señalada ni a la rebaja de la multa contenida en ésta, por improcedente. Tal recurso, se fundó en la causal de nulidad contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo. Pide, se acoja el recurso en la forma expresada, invalidando la sentencia impugnada; y dictando sentencia de reemplazo, en la cual se deje sin efecto la resolución Nº 27, resolución que confirmo la multa Nº 8479/20/21, de fecha 31 de diciembre de 2020, y en consecuencia se rebaje la multa señalada dictada por la Inspección Provincial del Trabajo Linares. Consta de la carpeta virtual que, por resolución de 17 de junio de 2022, se declaró admisible el recurso, procediéndose a su vista el día 18 de enero del año en curso. OIDOS LOS INTERVINIENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, en cuanto a la causal interpuesta, el recurrente invocó la contemplada en el artículo 477 del Código de Trabajo, consistente en haberse dictado la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Menciona como norma infringida el artículo 513 del Código del Trabajo, fundado en que el sentenciador realizó una interpretación sumamente restrictiva de la norma indicada, pues señala que dicha disposición únicamente se aplicaría a casos de robo o hurto, cuando en realidad el mismo artículo habla de la perdida de los documentos, como ocurre en el caso de marras, agregando que, por su parte, la reclamante dio cumplimiento a la normativa, dando cuenta de la perdida de los registros de asistencia señalados en la multa. Explica que por resolución número 8479/20/21 de fecha 31 de diciembre del 2020, la Inspección Provincial del Trabajo Linares impuso a la empresa Seguridad Privada y Servicios Symex SPA las siguientes multas: A. Multa por 20 IMM por no exhibir toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar las labores de fiscalización, según el siguiente detalle: Libros de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo del periodo septiembre, octubre, noviembre de 2020, los cuales no se hallaban al momento de la visita inspectiva en la oficina habilitada por la empresa principal. Lo anterior respecto de los trabajadores que a continuación se indican: Sr. Washington Fonseca Alegría, RUT 9.317.412-7; Sigfredo Vicuña Caro, RUT 10.841.259-3; Carlos González Fernández, RUT 17.172.177-6; Eric Astudillo Gutiérrez, RUT 17.170.728-5; y Edison Osses Saavedra; RUT 15.233.453-2 La multa previamente mencionada fue cursada por el monto de 20 IMM, equivalentes a $4.209.160. Agrega que su representada interpuso reclamación judicial en contra de la resolución N° 27 de fecha 28 de abril de 2021, de la Inspección Provincial de Linares, que confirmó la multa antes referida, ante el Primer Juzgado de Letras de Linares. En este procedimiento, en audiencia preparatoria de fecha 06 de septiembre de 2021, se fijaron como hechos controvertidos a probar, los siguientes: 1. Efectividad de haberse extraviado los libros de asistencia de septiembre, octubre y noviembre del 2020. Hechos que constituyen este extravío. 2. Efectividad de haberse ocurrido en algún error de hecho por la entidad fiscalizadora. Posteriormente, con fecha 21 de abril de 2022, el tribunal dicta sentencia rechazando la reclamación, en los siguientes términos: I. Que se RECHAZA íntegramente la reclamación interpuesta por SEGURIDAD PRIVADA Y SERVICIOS SYMEX SPA, deducida en contra de la Inspección Provincial de Linares, y en consecuencia NO SE HACE LUGAR, a dejar sin efecto la Resolución Nº27, de fecha 28 de abril del año 2021 y a la rebaja de la multa referida en dicha resolución, por improcedente. II. Que NO se condena en costas a la reclamante, por cuanto pese a haber resultad

Fallo

por tanto para subsanar dicha perdida dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 513 del código del trabajo. En cuanto al motivo de la realización de una constancia y no una denuncia, señala que aquello excede completamente a su representada y a cualquier persona, pues la interposición de una constancia es el procedimiento que hoy realiza carabineros ante este tipo de hechos, no recibiendo denuncias por la pérdida de documentación laboral hace bastantes años, recibiendo únicamente constancias por dichas pérdidas. Sostiene por último que para que este recurso prospere no basta que haya existido un vicio consistente en la infracción de una norma de rango legal, sino que dicha infracción debe haber influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Al respecto, la Excma. Corte Suprema ha razonado que “Para que la infracción influya en lo dispositivo del fallo es necesario que ella determine precisamente la resolución en un sentido diverso a aquél en que se hubiere pronunciado al no haber incurrido en ella”. Pues bien, en el caso de marras dicha influencia sustancial en lo dispositivo se produce, toda vez que una correcta aplicación del artículo 513 del Código del Trabajo, hubiesen llevado al sentenciador a dictar una sentencia totalmente diversa, esto es, una que acoja la demanda de forma completa y hubiere decretado dejar sin efecto la resolución Nº 27, resolución que confirmo la multa Nº 8479/20/21, de fecha 31 de diciembre de 2020, y en consecuencia hubiera rebajad

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Talca, diez de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: En causa RIT I-6-2021 del Primer Juzgado de Letras de Linares, sobre reclamación de multa administrativa, caratulados “Seguridad Privada y Servicios Symex SpA/ Inspección Provincial del Trabajo Linares”, el abogado don ARIEL STEUERMANN B, en representación de la reclamante SEGURIDAD PRIVADA Y SERVICIOS SYMEX SPA., RUT Nº 76.763.619-9, dedujo r

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