TAPIA/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIALREGIÓN METROPOLITANA
Rol
Fecha
10 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1°) Que Katia Rosalía Tapia Villalobos, pensionada, domiciliada en la comuna Pedro Aguirre Cerda, acciona de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social, por el acto que considera arbitrario consistente en la Resolución Exenta N°R-01-UCA-49527-2022, de 23 de abril de 2022, que rechaza su reclamo contra el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) por ajuste de pensión de invalidez; afirmando que se vulneran las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°s 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Relata que a partir del 1 de marzo de 2011 se le reconoce como enfermedad profesional una Epicondilitis bilateral en ambos codos, que le impide que pueda valerse por sí misma, y, por tanto, poder seguir realizando su actividad laboral, con 40% de pérdida de capacidad de ganancia, lo que le otorga una pensión parcial y transitoria. El 7 de julio del 2013, se aumenta a 70% de pérdida de capacidad de ganancia, esto es, una pérdida total y permanente. Sin embargo, en el mes de mayo del año 2014, el ISL le sugiere a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez -COMPIN-, que rebaje la pensión a la mitad, sin que ningún médico la examinara, afectando de manera considerable su situación económica. Debido a lo anterior, la recurrente ha intentado reclamar ante la Superintendencia de Seguridad Social, ante el Ministerio del Trabajo, ante Contraloría General de la República, entre otros, sin embargo, nadie le ha dado respuesta alguna. Y en el mes septiembre del 2017, le volvieron a bajar aproximadamente $16.000 mensuales de la pensión, debido a que estaba mal hecho el cálculo. Debido a lo anterior, el 18 de marzo de 2022, recurrió ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO) reclamando contra la actuación del ISL, por no ajustarse en la determinación de su pensión de invalidez parcial derivada de la patología laboral, al artículo 58 de la ley N°16.744. Sin embargo, mediante la aludida resolución exenta N°R-01-UCA-49527-2022, s
Fundamentos
motivos anteriores y por no configurarse en la especie el supuesto básico que justifica brindar protección constitucional, cual es la existencia de un acto o una omisión que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal, el recurso de protección deducido debe ser necesariamente declarado sin lugar.
Fallo
por tanto, poder seguir realizando su actividad laboral, con 40% de pérdida de capacidad de ganancia, lo que le otorga una pensión parcial y transitoria. El 7 de julio del 2013, se aumenta a 70% de pérdida de capacidad de ganancia, esto es, una pérdida total y permanente. Sin embargo, en el mes de mayo del año 2014, el ISL le sugiere a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez -COMPIN-, que rebaje la pensión a la mitad, sin que ningún médico la examinara, afectando de manera considerable su situación económica. Debido a lo anterior, la recurrente ha intentado reclamar ante la Superintendencia de Seguridad Social, ante el Ministerio del Trabajo, ante Contraloría General de la República, entre otros, sin embargo, nadie le ha dado respuesta alguna. Y en el mes septiembre del 2017, le volvieron a bajar aproximadamente $16.000 mensuales de la pensión, debido a que estaba mal hecho el cálculo. Debido a lo anterior, el 18 de marzo de 2022, recurrió ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO) reclamando contra la actuación del ISL, por no ajustarse en la determinación de su pensión de invalidez parcial derivada de la patología laboral, al artículo 58 de la ley N°16.744. Sin embargo, mediante la aludida resolución exenta N°R-01-UCA-49527-2022, ser rechaza este reclamo en atención a que ya había reclamado con anterioridad y que no contaba con antecedentes nuevos, lo que no es efectivo pues cuenta con un informe realizado por su médico tratante. Señala que el acto de la
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C.A. de Santiago Santiago, diez de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: 1°) Que Katia Rosalía Tapia Villalobos, pensionada, domiciliada en la comuna Pedro Aguirre Cerda, acciona de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social, por el acto que considera arbitrario consistente en la Resolución Exenta N°R-01-UCA-49527-2022, de 23 de abril de 2022, que rechaza su reclamo contra el Ins
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