C.A. de Santiago

CRESPO LOPEZ EN CONTRA DEPARTAMENTO EXTRANJERIA Y MIGRACION MINISTERIO DEL INTERIOR

Rol

89220-2021

Fecha

15 de diciembre de 2021

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos sexto y séptimo que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la dictación, por parte del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de la Resolución Exenta N° 21152037 de 21 de septiembre del año en curso, que deniega la solicitud de regularización migratoria presentada por el amparado, disponiendo en consecuencia que éste debe hacer abandono del país en el plazo que ahí se señala. Segundo: Que el fundamento que tuvo en consideración la Administración para rechazar la petición, según se lee en la resolución recurrida, fue el hecho que el amparado no acompañó el certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado o apostillado y que la solicitud fue presentada fuera del plazo establecido en el artículo 8 transitorio de la Ley 21325. Tercero: Que en este orden de ideas la decisión ministerial revisada, no satisface las exigencias de razonabilidad y proporcionalidad contempladas en el artículo 8° de la Constitución Política de la República y artículos 1,2, 3, 17 y 41 de la Ley N 19.880, que "Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado", al desatender completamente las demoras inherentes a la situación sanitaria vivida en el país. Cuarto: En virtud de lo anterior y considerando la afectación que ello le genera en el derecho a la libertad personal, el presente recurso será acogido.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de nueve de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 4388-2021, en cuanto rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Franklin Enrique Crespo López y en su lugar se acoge, dejándose sin efecto la Resolución Exenta N° N° 21152037 de 21 de septiembre del año en curso, emitida por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, quien deberá en consecuencia otorgar al recurrente Franklin Enrique Crespo López, un plazo para acompañar la documentación requerida no inferior a sesenta días para efectos continuar con la tramitación de la aludida solicitud. Comuníquese lo resuelto por la vía más expedita. Regístrese y devuélvase. N° 89.220-2021.

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de diciembre de dos mil veintiuno. A los escritos folios 170293-2021 y 170524-2021: téngase presente. Al escrito folio 170447-2021: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos sexto y séptimo que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Primero: Que la acción de a

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