C/ YENNY ANDREA CORTES TRONCOSO
Rol
47327-2021
Fecha
15 de diciembre de 2021
Materia
Reforma
Resultado
RECHAZA RECURSO DE NULIDAD (M)
Hechos
Vistos: El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante, en causa RIT Nº 16-2021, RUC Nº 1900500319-1, por sentencia de tres de julio de dos mil veintiuno, condenó, a YENNY ANDREA CORTES TRONCOSO, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, también a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, si es que alguno desempeñare, además de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; como autora del delito de TRAFICO ILICITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGAS O SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, contemplado en el artículo 4° de la Ley 20.000, consumado, perpetrado el 13 de diciembre de 2019, en la comuna de Talagante. Se le sustituyó la pena privativa de libertad impuesta por la de libertad vigilada. La Defensa dedujo recurso de nulidad contra dicha sentencia, el que fue admitido a tramitación, celebrándose la audiencia para su conocimiento el veinticinco de noviembre pasado. Y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el recurso de nulidad se funda en la causal de invalidación prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, por cuanto en el
Fallo
fallo recurrido al condenar a la acusada efectuó una errónea aplicación del derecho respecto de los artículos 1, 4 y 43 de la Ley N° 20.000 en relación a los incisos noveno y décimo del numeral 3° del artículo 19 de la Constitución Política de Chile, toda vez que se estimó como delito, una conducta carente de la antijuridicidad material necesaria como para dar por acreditada la vulneración del bien jurídico protegido, como lo es, la salud pública, aplicándose de este modo de forma errónea los artículos 1 y 4 de la ley en comento. Solicita se invalide sólo la sentencia y se proceda a dictar, sin nueva audiencia, pero separadamente, una de reemplazo de carácter absolutoria. Segundo: Que, el motivo principal de invalidación alegado por la defensa, de conformidad al artículo 376 inciso tercero del Código Procesal Penal, ha sido confiado excepcionalmente al conocimiento de esta Corte Suprema en el evento que, con ocasión de dicha causal, se invoquen distintas interpretaciones sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores sobre la cuestión de derecho principal planteada en el recurso, esto es, la incidencia de la ausencia del informe de pureza en la decisión de lo discutido, lo que en la especie se demuestra con los pronunciamientos que se acompañaron a la presentación en análisis. Tercero: Que, los hechos establecidos por la sentencia recurrida son los siguientes: “Se inició investigación a raíz de denuncias que daban cuanta de venta de droga en Pasaje Puy
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos: El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante, en causa RIT Nº 16-2021, RUC Nº 1900500319-1, por sentencia de tres de julio de dos mil veintiuno, condenó, a YENNY ANDREA CORTES TRONCOSO, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, también a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público dura
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