DEAN Y OTRA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 18 de noviembre de 2022, comparece Darline Nobert, por si y en representación de su hija Lauwencia Dean Dean, para interponer acción constitucional de protección, ambas haitianas y domiciliadas en calle El Sauce N°19, Casas Viejas, comuna de Puente Alto, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en calle Matucana N°1223, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto sus solicitudes de permanencia definitiva. Indica que ambas solicitaron el referido beneficio migratorio el 20 de noviembre de 2021, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndolas en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre las solicitudes de permanencia definitiva, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que evacua el informe respectivo el abogado del Servicio Nacional de Migraciones Francisco Javier Errázuriz Quiroz, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostiene que las peticiones de Darline Nobert y Lauwencia Dean Dean se encuentran actualmente en la etapa “inicio- en trámite”, según Resolución Exenta N°22012846 de 6 de enero de 2022 y Resolución Exenta N°22007949 de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Darline Nobert y Lauwencia Dean Dean, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que la autoridad recurrida deberá resolver las solicitudes materia de estos autos en el plazo de sesenta días corridos, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. N°29.075-2022 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diez de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 18 de noviembre de 2022, comparece Darline Nobert, por si y en representación de su hija Lauwencia Dean Dean, para interponer acción constitucional de protección, ambas haitianas y domiciliadas en calle El Sauce N°19, Casas Viejas, comuna de Puente Alto, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, r
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