JEAN BAPTISTE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece don Joanne Jean Baptiste, de nacionalidad haitiana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el no pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva de fecha 20 de abril de 2021. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso y se ordene al recurrido pronunciarse sin más trámite respecto de su solicitud dentro de quinto día, con costas. A folio 9, se prescinde del informe solicitado al Servicio Nacional de Migraciones y se ordena traer los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva presentada por el recurrente. Segundo: Que, si bien la solicitud del ciudadano extranjero están en trámite, no es menos cierto que ha existido una dilación excesiva en su tramitación -si se considera su fecha de inicio-, lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la visa de permanencia definitiva requerida por el recurrente, en relación con otros interesados que actualmente se encuentran en la misma situación, razones por las cuales se acogerá la presente acción.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de don Joanne Jean Baptiste, sólo en cuanto el Servicio Nacional de Migraciones deberá pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva en atención al estado de su tramitación, dictando al efecto la resolución que corresponda dentro del término de 60 días hábiles, contado desde que la presente sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección 171992-2022.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de febrero de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, comparece don Joanne Jean Baptiste, de nacionalidad haitiana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el no pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva de fecha 20 de abril de 2021. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso y se or
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