CONTRERAS JORQUERA EDUARDO GODOFREDO/JUZGADO GARANTIA DE COLINA
Rol
Fecha
9 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Pamela Hinojosa Diaz, abogada y defensora penal público, e interpone en favor de don Eduardo Godofredo Contreras Jorquera acción constitucional de amparo en contra de la resolución dictada en audiencia el primero de febrero de 2023, por el Sr. Juez Rubén Hernán Donoso Paredes del Juzgado de Garantía de Colina, mediante la cual se decretó una orden de detención en contra del amparado, en circunstancias de no corresponder emanarla, lo que sería contrario a la garantía del numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Relata que el amparado fue formalizado el diecisiete de julio de 2022 por el delito de estafa, calificándose los hechos como constitutivos de la hipótesis del artículo 473 del Código Penal y delitos de ocultación de placa patente única, decretándose en su contra las cautelares personales de firma mensual y arraigo nacional. Posteriormente, el primero de febrero del presente, el imputado y amparado no concurrió a audiencia que solamente tenía por objeto procedimiento abreviado y apercibimiento de cierre de la investigación, la cual fue agendada en audiencia de discusión de ampliación de plazo de investigación, de veinticuatro de octubre de 2022, por lo cual fue notificado por cédula con apercibimiento legal para la audiencia de este año. En la audiencia de primero de febrero, el Ministerio Público ante la notificación positiva, solicitó despachar una orden de detención, a lo cual se opuso la defensa, indicándose que no se ha tenido contacto con el imputado y que, además, no es obligatoria para la audiencia en cuestión la presencia de aquel, dado que con su ausencia se entiende no contarse con su voluntad para la continuación bajo las normas del procedimiento abreviado. Hace presente, además, que en la audiencia de formalización, a la cual sí asistió el imputado, no se fijó ninguna audiencia de procedimiento abreviado, y que esta surge de una audiencia de aumento de plazo de i
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de don Eduardo Godofredo Contreras Jorquera y en contra de la resolución dictada en audiencia el primero de febrero de 2023, por el Sr. Juez Rubén Hernán Donoso Paredes del Juzgado de Garantía de Colina y, en su lugar, se declara que se deja sin efecto la orden de detención despachada a su respecto por resolución de primero de febrero de 2023, en los autos RIT N° 3340-2022 del Juzgado de Garantía de Colina. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y en su oportunidad archívese. N°Amparo-293-2023. Pronunciada por la Sexta Sala, presidida por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez, e integrada, además, por la Ministra señora Ana María Osorio Astorga y la Abogado Integrante señora Sandra Paula Ponce De León Salucci. En Santiago, nueve de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de febrero de dos mil veintitrés. Al folio 6, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Pamela Hinojosa Diaz, abogada y defensora penal público, e interpone en favor de don Eduardo Godofredo Contreras Jorquera acción constitucional de amparo en contra de la resolución dictada en audiencia el primero de febrero de 2023, por el Sr. Jue
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