MP C/ ARIEL ALEJANDRO BUSTOS VARGAS
Rol
Fecha
9 de febrero de 2023
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE MUERTE ART. 196 INC. 3 LEY DE TRANSITO.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes que justifican los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal, en sus letras a) y b), esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en ellos le pudo caber al imputado en relación a las imputaciones particulares formuladas a su respecto. A su vez, en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma, ella solamente se puede ver cumplida con la medida cautelar de prisión preventiva, estimándose que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad atendida la naturaleza del delito por el cual ha sido formalizado, las penas asociadas al mismo y su eventual forma de cumplimiento por estas consideraciones se confirma la resolución de fecha 02 de febrero de 2023 dictada por Juan Carlos Orellana Venegas Juez titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt que Mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Ariel Alejandro Bustos Vargas. Devuélvase por interconexión. Rol Penal N° 153-2023
Fallo
por estas consideraciones se confirma la resolución de fecha 02 de febrero de 2023 dictada por Juan Carlos Orellana Venegas Juez titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt que Mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Ariel Alejandro Bustos Vargas. Devuélvase por interconexión. Rol Penal N° 153-2023
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Puerto Montt, nueve de febrero de dos mil veintitrés VISTOS El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes que justifican los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal, en sus letras a) y b), esto es, la existencia material de los hechos investig
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