SIN INFORMACION

POZAS TOLEDO HÉCTOR / ISAPRE BANMEDICA S.A.

Rol

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Héctor Pozas Toledo, pensionado, y deduce recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en la negativa a cubrir los costos del “Programa de Atención Médica” producto de una hospitalización de su carga legal y cónyuge Elicia Angulo Solís en la Clínica Indisa, no accediendo a activar la “Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC)”. Para fundar su acción expone que la negativa se dio por vía telefónica y presencial desde junio de 2022 a la fecha, sin expresar argumentos y de forma escueta, en respuesta a los reclamos presentados por el afiliado, en relación a las dos hospitalizaciones por infección cerebral de su cónyuge en la Clínica Indisa, prestador de la RED CAE de Isapre Banmédica S.A., que resultaron en una cuenta clínica de $10.562.852.- Alega conculcado el derecho a la integridad personal consagrado en el artículo 5º número 1 de la Convención Americana, así como la vulneración en el ejercicio legítimo de las garantías constitucionales contempladas en los numerales 9º sobre protección a la salud y 24º sobre derecho de propiedad, ambos del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Y solicita se reestablezca el imperio del derecho quebrantado. SEGUNDO: Que a petición de esta Corte, evacua informe la recurrida Isapre Banmédica S.A. y pide el rechazo del recurso, con costas, por por lo siguiente. Esgrime, en primer lugar, como alegación de fondo que la acción cautelar incoada no es la vía procesal idónea para resolver el asunto debatido, por cuanto en la especie, no existe un derecho indubitado, sino por el contrario, estamos frente a derechos discutidos que dicen relación con una controversia clara: un presunto incumplimiento contractual por parte de la Isapre, al no otorgar cobertura CAEC a la beneficiaria Elicia del Carmen Angulo Solís, en Clínica Indisa, tratándose de una discusión acerca de la efectividad d

Fallo

por tanto, de un beneficio de auto derivación por parte del afiliado (como pretende la recurrente). En efecto, si éste último opta por un prestador ajeno a la Red CAEC (como ha ocurrido en la especie), podrá recibir la atención médica requerida, y la cobertura correspondiente a su Plan Complementario de Salud, pero no la cobertura CAEC. Alega que Isapre Banmédica, a diferencia de lo que sostiene el recurrente, no cuenta con ningún registro de solicitud de presupuesto para radiculopatía a realizar a su beneficiaria en Clínica Indisa en el mes de abril. Únicamente existe solicitud en el mes de mayo de Clínica Universidad de Los Andes, para Timpanoplastia de afiliado e Infiltración en el mes de febrero para su beneficiaria. Además, se destaca que Clínica Indisa no es prestador RED CAEC para el problema de salud que requiere la beneficiaria del recurrente, puesto que los prestadores red corresponden a Clínica Dávila y Clínica Vespucio. Todo lo anterior le fue informado al recurrente, mediante carta fechada de 5 de agosto de 2022. Finalmente, asevera que los requisitos para el acceso a la cobertura CAEC, en primer lugar está, que el paciente haya solicitado dicha cobertura; en segundo lugar, que la Isapre haya aceptado dicha solicitud y haya designado un prestador de la RED Cerrada de atención (tal como lo establece la circular IF/N° 7 de 2005 de la Superintendencia de Salud); en tercer lugar, que el paciente haya aceptado tal derivación y finalmente, que el paciente haya ingre

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Héctor Pozas Toledo, pensionado, y deduce recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en la negativa a cubrir los costos del “Programa de Atención Médica” producto de una hospitalización de su carga legal y có

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica