JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

MP C/ CRISTHIAN ALBERTO DIAZ SALAS

Rol

Fecha

9 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en especial consideración la hipótesis de que se reunían los criterios de reiteración y gravedad de los incumplimientos de ambos condenados, en especial, según se da cuenta en la misma resolución apelada las alertas de incumplimiento que se producen desde el año dos mil veintiuno, y se han realizado seis audiencia de apercibimiento, por tener el equipo de seguimiento telemático apagado, lo que evidencia una falta de responsabilidad de éstos en mantener los equipos con batería, lo que hace que la resolución apelada en sus mismos

Fundamentos

fundamentos justifique adecuadamente la intensificación de la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna a la de reclusión parcial en el centro de cumplimiento penitenciario, respecto de los condenados Sáez Parada como Díaz Salas, por lo anterior, cumpliéndose la hipótesis de este incumplimiento, como se ha señalado en su carácter grave y reiterado.

Fallo

Por estas consideraciones, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha once de enero de dos mil veintitrés respecto de los condenados CRISTHIAN ALBERTO DÍAZ SALAS y SEBASTIÁN ANDRÉS SAEZ PARADA. Agréguese lo resuelto a la carpeta digital y comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-45-2023.(ela)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, nueve de febrero de dos mil veintitrés. Al escrito de folio 10, a lo principal y otrosí: téngase presente. Al escrito de folio 11, a lo principal, primer y segundo otrosí: téngase presente. Al escrito de folio 12, téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en especial consideración la hipótesis de que se reunían los criterios de reiteració

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