QUINTEROS / MOLINA
Rol
Fecha
9 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Diego Vera Núñez, abogado, en representación de Christian Quinteros Serrano, funcionario del Servicio Nacional de Pesca, quien interpone recurso de protección a favor de su representado, en contra de Kamila Molina San Martín, bióloga marina, por el acto ilegal consistente en una serie de publicaciones hechas en la red social Instagram, en que expone públicamente al actor por una situación ocurrida en el desempeño de sus labores en el Servicio Nacional de Pesca en el año 2019, por lo cual se tramitó un sumario administrativo en su contra, en virtud del cual se le aplicó una sanción de multa de un 20% de sus remuneraciones, cuestión que vulneró los derechos constitucionales del actor, consagrados en los numerales 1° y 4° del artículo 19 e la Constitución Política de la República. Refiere que el recurrente tenía la función de coordinador de la Unidad Móvil el año 2019. El 9 de agosto de ese año la recurrida realizó una denuncia en su contra en el Sistema de Integridad Institucional, afirmando que el 8 de agosto de 2019 en la oficina de Unidad de Control de Cuotas, donde se ubicaba también la Unidad Móvil, efectuó respecto de los hombres de su equipo un trato con groserías, y declaraciones atentatorias contra la dignidad de la funcionaria Romina González, frente a todos los presentes. Por ello, la Directora de la Institución de la época dictó la Resolución Exenta N°3743 de 14 de agosto de 2019, ordenando la instrucción de un sumario administrativo, el que finalmente determinó la aplicación de una sanción de multa contra el recurrente, equivalente al 20% de su remuneración, la que se materializó a través de la Resolución Exenta N°101, de 25 de febrero de 2022, registrada por la Contraloría General de la República el 20 de diciembre de 2022, notificada al recurrente el 3 de enero de 2023. Fue esta última gestión lo que motivó las publicaciones de la recurrida, quien en su cuenta de la red social Instagram @kami.molinasm publicó sobre la denunc
Fundamentos
considerando: I.-En cuanto a la excepción de incompetencia: Primero: Que la recurrida opuso esta excepción basada en que tiene su domicilio en la ciudad de Munich, Alemania, y desde allí habría efectuado las publicaciones en Instagram que son objeto del recurso, por lo cual esta Corte no tendría competencia para conocer del acto denunciado, ni tampoco para asegurar el cumplimiento de un eventual
Fallo
fallo condenatorio, por ausencia de facultad de imperio sobre el territorio alemán. En cuanto al fondo, asegura que en su publicación, realiza una crítica de carácter político y legal de la forma de llevar a cabo el sumario administrativo tramitado contra el recurrente, por parte del Servicio Nacional de Pesca, Sede Nacional, lo que es posible en cualquier sistema democrático de derecho. Indica que el propósito de ellas fue llamar la atención sobre lo que a su juicio, es una sanción mínima contra el recurrente, atendida la gravedad de los hechos denunciados. Afirma que tanto las afirmaciones hechas por ella como las repercusiones públicas posteriores son un acto de libertad de expresión respecto al rol del Estado en la protección de los funcionarios bajo su administración en su integridad física, sexual y síquica. Luego señala que no es posible, en este procedimiento, dar cuenta de la veracidad de sus afirmaciones, pues rige el secreto sumario, ya que aún les asisten a denunciante y denunciado, mecanismos de impugnación con plazos vigentes, sin perjuicio que ello no sea el objeto de un recurso de protección, sino de un juicio de lato conocimiento. Enseguida indica que su parte no develó información privada, sino información de relevancia pública, pues se trata de un funcionario público y hechos relacionados con su responsabilidad y competencia en el desarrollo de la función pública. Refiere que sus publicaciones corresponden a la manifestación del derecho a develar informa
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de febrero de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1 comparece Diego Vera Núñez, abogado, en representación de Christian Quinteros Serrano, funcionario del Servicio Nacional de Pesca, quien interpone recurso de protección a favor de su representado, en contra de Kamila Molina San Martín, bióloga marina, por el acto ilegal consistente en una serie de
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