CALDERON/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION
Rol
Fecha
9 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Martha Cecilia Calderón Martínez, colombiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva. Estima que con ello se vulnera la garantía contenida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política, por lo que solicita se acoja el recurso y se ordene a la recurrida resolver, sin más trámite, la petición efectuada, con costas. Expone que presentó solicitud de permanencia definitiva el 26 de febrero de 2021. Sin embargo, hasta la fecha no ha recibido ninguna comunicación por parte de extranjería, habiendo transcurrido más de dos años. Reprocha que la dilación de la autoridad excede con creces el tiempo prudente que debiera demorar, por lo que resulta urgente que se disponga la resolución y otorgamiento de su petición. SEGUNDO: Que, la recurrida solicitó el rechazo de la acción. Detalla que con fecha 26 de febrero de 2021 la extranjera solicitó el beneficio de permanencia definitiva. Luego, con fecha 12 de diciembre de 2021, se dictó Resolución Exenta N° 21467114, mediante la cual se aprueba avance en el estado de trámite en Evaluación Intermedia, la que consiste en “a) Análisis documental que implica validación de forma, vigencia y legalización -si fuese necesario-, además de la petición de información a instituciones externas, específicamente a las policías y Servicio Registro Civil e Identificación, sobre la existencia o no de antecedentes delictuales; y b) la evaluación analítica de documentos electrónicos o en papel, legalizados o Apostillados, según corresponda.” De conformidad a circular N° 12 del Servicio Nacional de Migraciones, de fecha 24 de noviembre de 2021. Por ello, encontrándose en tramitación la solicitud de la recurrente, se deriva que mantiene situación migratoria regular en el territorio n
Fallo
por tanto, la dilación del recurrido en el pronunciamiento sobre la solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la parte recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes con una respuesta formal y oportuna en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se acoge, sin costas, la acción constitucional de protección interpuesta en favor de Martha Cecilia Calderón Martínez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se ordena a la autoridad recurrida, como medida para restablecer el imperio del derecho, emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva pendiente, dentro del plazo de treinta días hábiles. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Alejandro Rivera Muñoz, quien estuvo por rechazar el recurso, en virtud de las siguientes consideraciones: 1° Que atendida la situación de la parte recurrente, es posible advertir que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra aún en trámite y si bien se constata una demora en la tramitación, ello puede encontrar respuesta
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de febrero de dos mil veintitrés. Al folio 7: Téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Martha Cecilia Calderón Martínez, colombiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamient
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