SIN INFORMACION

VICTORIA ESTEFANIA LEON OLIVEROS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

9 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1) Que, conforme se desprende del texto del recurso de amparo deducido en autos aparece que la amparada se encuentra en Colombia y se dirige en contra del Servicio Nacional de Migraciones. 2) Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República dispone que tal recurso debe ser conocido “por la magistratura que señale la ley”, mandato que cumple el artículo 63 del Código Orgánico de Tribunales, señalando que corresponde a las Cortes de Apelaciones conocer en primera instancia de los recursos de amparo. Luego,

Fundamentos

considerando que los hechos ocurrieron dentro de la competencia territorial de la Corte de Apelaciones de Santiago –atendido el domicilio de la recurrida- y tomando en cuenta lo establecido en el artículo 55, letra e) de la misma Ley Orgánica Constitucional, resulta que este asunto ha sido atribuido por la ley a la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago. Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República, en el artículo 55 del Código Orgánico de Tribunales y en el Auto Acordado sobre Tramitación y

Fallo

Fallo del recurso de amparo, SE DECLARA: Que esta Corte es incompetente para conocer de la presente acción constitucional debiendo remitirse los antecedentes a la Ilma. Corte de Apelaciones de Santiago, vía interconexión, por corresponderle su conocimiento y resolución. Sin perjuicio de remitirse vía interconexión, y atendida la naturaleza de la presente acción, comuníquese a la Iltma. Corte de Santiago vía correo electrónico. Regístrese y archívese en su oportunidad en Sitcorte. Rol N°63-2023 Amparo.-

Texto Completo (Preview)

León Oliveros, Victoria Estefania Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Amparo Rol N° 63-2023.- La Serena, nueve de febrero de dos mil veintitrés. A lo principal y otrosíes: Vistos y teniendo presente: 1) Que, conforme se desprende del texto del recurso de amparo deducido en autos aparece que la amparada se encuentra en Colombia y se dirige en contra del Servicio Nacional de Migraciones. 2

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