TAPIA CORTES SANDRA CON SALINAS ROCO CARLOS (S)
Rol
33833-2019
Fecha
13 de diciembre de 2021
Materia
Civil
Resultado
ANULA DE OFICIO CASACIÓN (M)
Hechos
Vistos: En autos Rol C-440-2017, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras de Coquimbo, caratulados “Sandra Tapia Cortés con Carlos Salinas Rocco”, por sentencia de veintinueve de marzo de dos mil diecinueve se acogió, sin costas, la oposición a nombramiento de juez partidor formulada por Carlos Salinas Rocco, lo que incide en si determinado inmueble es un bien social o un bien propio del oponente. La demandante dedujo recurso de apelación, que fue conocido por una sala de la Corte de Apelaciones de La Serena, que por sentencia de nueve de octubre de dos mil diecinueve confirmó el rechazo de la solicitud de nombramiento de partidor. En contra de esta última decisión, la demandante dedujo recurso de casación en el fondo, denunciando infracción a los artículos 1725 N°4 y N°5, 1736 y 2304 del Código Civil, lo que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la recurrente acusa como yerros que, la sentencia recurrida, al confirmar el
Fallo
fallo de primera instancia, efectuó una calificación incorrecta del acto contenido en la escritura pública de fecha 30 de noviembre de 1993, que sirvió de título al demandado para adquirir el dominio sobre el bien raíz ubicado en la comuna de Coquimbo, sector Tierras Blancas, consistente en el Sitio N°5 de la Manzana 10, resultante de la subdivisión de un inmueble conocido como Resto Reserva Cital, de conformidad al plano agregado bajo el N°316 al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo correspondiente al año 1994. Expresa que la sentencia recurrida determina en su considerando tercero que, por la mencionada escritura pública, la sociedad colectiva civil “Inmobiliaria Tierras Blancas Segunda Etapa” le habría adjudicado al demandado el inmueble ubicado en Pasaje Coquimbo N°1155 de la comuna de Coquimbo, para proceder luego a sostener que el inmueble habría ingresado al haber propio del adquirente y oponente de autos, puesto que independiente de la figura jurídica utilizada para concretar la adquisición del bien raíz, el motivo que lo indujo a celebrar el contrato fue anterior a la vigencia de la sociedad conyugal que existió entre las partes. Así entonces, la calificación jurídica que se otorga al acto o contrato contenido en la escritura pública de 30 de noviembre de 1993 es errónea, al entender los sentenciadores que se trata de una adjudicación, en circunstancias que la citada escritura da cuenta de una compraventa, siendo evidente que
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos: En autos Rol C-440-2017, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras de Coquimbo, caratulados “Sandra Tapia Cortés con Carlos Salinas Rocco”, por sentencia de veintinueve de marzo de dos mil diecinueve se acogió, sin costas, la oposición a nombramiento de juez partidor formulada por Carlos Salinas Rocco, lo que incide en si determinado inm
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica