C.A. de Santiago

RIVAS SERRADA MAGDA CONTRA DEPARTAMENTO EXTRANJERIA Y MIGRACION

Rol

91026-2021

Fecha

13 de diciembre de 2021

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, prescindiendo su texto de las motivaciones cuarta y quinta, las cuales se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además presente: 1°) Que, según se desprende del mérito de los antecedentes, Magda Elizabeth Rivas Serrada solicitó el 20 de abril de 2020, visa temporaria sujeta a contrato de trabajo, la cual, por Resolución Exenta Nº 30.937, de 8 de marzo de 2021, fue revocada por falta de interés, al no haberse efectuado el pago de los derechos o tasas asociadas a dicha solicitud, sin que se haya apercibido a la amparada para los efectos de determinar su voluntad de continuar con el proceso administrativo. 2°) Que lo anterior evidencia que la resolución recurrida carece de motivación y razonabilidad, desde que para su expedición solo se argumentó el no pago de los derechos o tasas para el visado otorgado. Esa forma de proceder implica que la entidad competente omitió conceder a la recurrente la posibilidad de ser oída sobre las razones de la falta de pago señalada. Por consiguiente, esa resolución, en los términos en que fuera dictada, constituye un acto ilegal y arbitrario e incumple el principio esencial de todo procedimiento, en el sentido de poder oír a la parte que será afectada por la decisión del órgano en cuanto dispone que cuando el procedimiento se inicia a petición del interesado y que la resolución de dicho procedimiento debe ajustarse a la solicitud formulada y que tiene que ser fundada, nada de lo cual se observa en el presente caso. Esa falta de fundamentación y de razonabilidad determina que tal proceder se aparte de la legalidad vigente y se torne arbitrario, por lo que este Tribunal adoptará las medidas necesarias para reparar la afectación de los derechos vulnerados. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de doce de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 4.900-21 y, en su l

Fallo

se declara que se acoge la acción constitucional interpuesta, por lo que se deja sin efecto la resolución que revocó la visa de residente temporario sujeta a contrato de trabajo pedida por Magda Elizabeth Rivas Serrada, nacional de Venezuela, debiendo la repartición pública recurrida dentro de un plazo de treinta días citar a la mencionada amparada, a fin de que presente la documentación faltante y efectúe el pago de las tasas o derechos pendientes, dentro del mismo plazo. Regístrese y devuélvase. N° 91.026-2021.

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Santiago, trece de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, prescindiendo su texto de las motivaciones cuarta y quinta, las cuales se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además presente: 1°) Que, según se desprende del mérito de los antecedentes, Magda Elizabeth Rivas Serrada solicitó el 20 de abril de 2020, visa temporaria sujeta a contrato de trabajo, la cua

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