20º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ACEVAL/PATRICIO HIDALGO S.A.

Rol

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el veintisiete de diciembre del año dos mil veintidós, en contra de la resolución de veintiuno de diciembre del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1626-2023.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el veintisiete de diciembre del año dos mil veintidós, en contra de la resolución de veintiuno de diciembre del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1626-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (imm) Santiago, diez de febrero de dos mil veintitrés. A los folios N° 3 y 4, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme l

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