JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE NACIMIENTO

SOCIEDAD COMERCIAL BOERO Y BOERO LIMITADA CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE NACIMIENTO

Rol

17273-2021

Fecha

13 de diciembre de 2021

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN FORMA RECHAZADA, CASACIÓN FONDO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos Rol Nº 17.273-2021, caratulados “Sociedad Comercial Boero y Boero Limitada con Municipalidad de Nacimiento”, sobre juicio ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad por falta de servicio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por la demandada, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que confirmó la de primera instancia, que acogió parcialmente la demanda, con declaración que eleva el monto de la indemnización de perjuicios a que es condenada la demandada, a la suma total de $19.694.752.- que incluye pérdida de la chance, gastos directos generados para preparar la oferta en el proceso y pago de boleta de garantía. I.- En cuanto al recurso de casación en la forma: Segundo: Que el arbitrio invoca la causal del artículo 768 N°5 en relación con el artículo 170 N°4, ambos del Código de Procedimiento Civil, porque la sentencia eleva la suma de la indemnización de perjuicios, en la medida que sólo se limita a desarrollar en sus

Fundamentos

considerandos la procedencia, requisitos y forma de determinación de la pérdida de una chance, pero en cuanto al fondo de la cuestión discutida, concuerda con el

Fallo

fallo de primer grado, en orden a que se encuentra acreditada una falta de servicio por parte de la demandada. Sostiene que la Corte no establece las consideraciones de hecho o de derecho que sirvieron de fundamento para llegar a las sumas a las que condenó a la Municipalidad de Nacimiento, sino sólo se limita a mencionar, de forma muy escueta el peritaje evacuado en autos, mención que no es suficiente para dar por acreditados los montos a que da lugar la sentencia recurrida, más aún si se considera que éste copia y pega los montos solicitados por el demandante en su demanda, sin señalar de dónde provienen las sumas contenidas en su informe, cuáles fueron los instrumentos que tuvo a la vista para su elaboración, o cuál fue la operación matemática o lógica que llevó al perito a determinar el monto propuesto para la indemnización. Lo mismo ocurre respecto a la indemnización por el daño causado por la pérdida de una chance, en que la Corte nuevamente omite las consideraciones de hecho o de derecho que le permitieron llegar a la suma otorgada por este rubro. Añade que, de acuerdo con los Antecedentes Técnicos acompañados por la empresa al proceso de licitación, la utilidad que pretendía obtener era de $725.648, documento que fue allegado al proceso de conformidad al artículo 346 n°3 del Código de Procedimiento Civil, y el demandante nada dijo por lo que éstos se tuvieron por reconocidos. Explica que los sentenciadores no tuvieron en cuenta los hechos debidamente acreditados en

Texto Completo (Preview)

1 Santiago, trece de diciembre de dos mil veintiuno. A los escritos folios N°s 66364-2021 y 79157-2021: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos Rol Nº 17.273-2021, caratulados “Sociedad Comercial Boero y Boero Limitada con Municipalidad de Nacimiento”, sobre juicio ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad por falta de servicio, de con

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