M.P. C/ MATIAS IGNACIO GAJARDO CARCAMO
Rol
Fecha
9 de febrero de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, teniendo presente que el Ministerio Público se allanó a la petición de la defensa, con las precisiones que constan en audio, que otras medidas cautelares personales del artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para asegurar los fines del procedimiento y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del texto legal citado, se revoca la resolución apelada de tres de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio y en su lugar se declara que se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Matías Ignacio Gajardo Cárcamo. Dese inmediata orden de libertad en favor del imputado, si no estuviese privado de ella por otra causa. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2300130653-7, RIT 1372-2023. NºPenal-291-2023.
Fallo
se declara que se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Matías Ignacio Gajardo Cárcamo. Dese inmediata orden de libertad en favor del imputado, si no estuviese privado de ella por otra causa. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2300130653-7, RIT 1372-2023. NºPenal-291-2023.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a nueve de febrero de dos mil veintitrés, a las 09:16 horas, ante la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Alejandro García Silva, e integrada por el Ministro Suplente Sr. Rodrigo Cortés Gutiérrez y el Abogado Integrante Sr. José Luis Alliende Leiva, para la vista del recurso
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