LOPEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
8 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Cecilia Dolores López Holguin, cédula de identidad N° 26.442.971-4, de nacionalidad ecuatoriana, con domicilio en Arturo Prat 1146, comuna y ciudad de Antofagasta, quien interpuso recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, pidiendo que se le ordene pronunciarse de la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, consistente en no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva de fecha 4 noviembre de 2019, habiendo transcurrido más de 3 años y 2 meses, vulnerando con ello la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República y los principios de celeridad, conclusivo e inexcusabilidad contenidos en la Ley N°19.880. Por lo anterior, pidió que se le ordene pronunciarse y concluir la solicitud de permanencia definitiva, y en general ordenar todas las medidas que estimen conducente para restablecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que informa la abogada Pamela Ahumada Zamorano en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción y de la condena en costas, por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar los derechos invocados por el recurrente. Señala que la solicitud de permanencia definitiva, fue ingresada con fecha 4 de noviembre de 2019. En cuanto al estado de su solicitud ésta se encuentra en etapa de recepción de antecedentes adicionales. Agrega que con fecha 28 de abril de 2022 se envía oficio ordinario N°19545 a la recurrente, a su último domicilio informado, esto es calle Puerto Natales N°5443, Antofagasta, en el cual se le solicita que remita al Servicio, mediante correo certificado dirigido a calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, Oficina de Partes, el siguiente documento: - Certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado o apostillado en original. Menciona que es por ello que la solicitud del recurrente no ha podido avanzar, ya que este no ha dado cumplimiento en cuanto a remitir la documentación solicitada para poder continuar avanzando en el proceso, no pudiendo imputársele al Servicio la demora en la resolución de la solicitud del recurrente, cuando es el recurrente y su inactividad quien ha detenido el proceso de análisis y resolución de su solicitud. Finalmente expone que, sin perjuicio de lo anterior, la solicitud del recurrente se encuentra actualmente en trámite, en etapa de resolución, por lo que su estado migratorio es regular durante todo el período que dure la tramitación de su solicitud. TERCERO: Que de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 20 de la Constitución Política de la República, el recurso de protección de garantías constitucionales constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. CUARTO: Que el recurso de protección, como acción cautelar de urgencia, carece de las garantías procesales de un juicio declarativo de lato conocimiento, razón por la que sólo ampara
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA sin costas, el recurso interpuesto en favor Cecilia Dolores López Holguin, deducido en contra del Servicio Nacional de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese y comuníquese. Rol 177-2023 (PROT) 4
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a ocho de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Cecilia Dolores López Holguin, cédula de identidad N° 26.442.971-4, de nacionalidad ecuatoriana, con domicilio en Arturo Prat 1146, comuna y ciudad de Antofagasta, quien interpuso recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, pidien
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