SIN INFORMACION

MARCENARO/ISAPRE BANMEDICA S.A.

Rol

Fecha

9 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

VISTOS: 1° Que conforme lo dispuesto en el numeral 1° del Acta N° 94-2015, el recurso de protección se presentará ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasione privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales o donde éstos hubieren producido sus efectos, a elección del recurrente. 2° Que del tenor del Recurso de protección intentado, se infiere que el recurrente tiene su domicilio en la comuna de Valparaíso, particularmente, calle Blanco N° 903, oficina 201. 3° Que así las cosas, a juicio de esta Corte resulta competente para conocer de estos antecedentes la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso, por producirse los efectos del acto reclamado dentro del su territorio jurisdiccional. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 190 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, esta Corte se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de protección presentado por los abogados Paula Herrera Chamorro y Roberto Fasani Puelma en favor de doña María Rosario Marcenaro Mena, en contra de la Isapre Banmédica, correspondiéndole a la Ilma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, Tribunal al que deben remitirse estos antecedentes, para su conocimiento y resolución, vía interconexión. Regístrese y archívese en Sitcorte en su oportunidad. Rol N° 161-2023 Protección.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 190 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, esta Corte se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de protección presentado por los abogados Paula Herrera Chamorro y Roberto Fasani Puelma en favor de doña María Rosario Marcenaro Mena, en contra de la Isapre Banmédica, correspondiéndole a la Ilma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, Tribunal al que deben remitirse estos antecedentes, para su conocimiento y resolución, vía interconexión. Regístrese y archívese en Sitcorte en su oportunidad. Rol N° 161-2023 Protección.

Texto Completo (Preview)

Marcenaro Mena, María Rosario Isapre Banmédica Recurso de Protección Rol N° 161-2023.- La Serena, nueve de febrero de dos mil veintitrés. A lo principal y otrosíes: VISTOS: 1° Que conforme lo dispuesto en el numeral 1° del Acta N° 94-2015, el recurso de protección se presentará ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ile

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