INSTITUCION FINACIERA COOPERATIVA COOPEUCH LTDA. CON JAVIERA VALESCA VILLA RIQUELME. TERCERISTA: SANTANDER CONSUMER FINANCE LIMITADA
Rol
Fecha
8 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que se han elevado estos autos para el conocimiento del recurso de apelación interpuesto por el tercerista -Santander Consumer Finance Limitada- en contra de la sentencia definitiva de 01 de junio de 2022 dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción, que rola a folio 13 de este cuaderno, que desestimó la demanda de tercería de prelación deducida en lo principal de la presentación de 19 de abril de 2022, sin costas. La apelante solicita concretamente que se declare que se acoge la tercería de pago, con costas. 2.- Que, funda su recurso el apelante, expresando que la a quo, en el
Fundamentos
considerando 7° del
Fallo
fallo recurrido, rechazó la tercería interpuesta, basada en que su parte promovió la tercería respecto de una deuda que no es actualmente exigible, por cuanto, estimando que la cuota impaga según la cartola de operación de crédito acompañada por dicha parte y que habría permitido hacer valer la cláusula de aceleración contenida en el pagaré de autos, es la número 39, ésta venció el 5 de mayo de 2022, y, a la fecha de interponerse esta acción el 19 de abril de 2022, el acreedor prendario no se encontraba en situación de hacer exigible el pago anticipado del crédito. Indica que su parte acompañó en folio 8 el contrato de prenda celebrado entre la ejecutada Javiera Valesca Villa Riquelme y su parte, el que en la cláusula 8° dispone: “En caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas de capital y/o intereses y/o cualquier otro concepto derivado de la obligación que se garantiza con la prenda que se constituye mediante la presente contrato y/o derivada del presente contrato de prenda será igualmente exigible, como si fuere de plazo vencido, sin necesidad de requerimiento alguno. La obligación garantizada por esta prenda será igualmente exigible de inmediato en caso de verificarse una cualquiera de las siguientes circunstancias: ….Dos) Si el bien prendado se encontrare afecto o quedare afecto en el futuro a otros gravámenes, embargos u otras limitaciones de dominio a favor de una persona distinta de Santander Consumer Chile S.A…” Que, en consecuencia, la
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C.A. de Concepción Concepción, ocho de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que se han elevado estos autos para el conocimiento del recurso de apelación interpuesto por el tercerista -Santander Consumer Finance Limitada- en contra de la sentencia definitiva de 01 de junio de 2022 dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción, que rola a folio 13 de este cuaderno, que
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