SUAREZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
8 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece doña NORBELIS SARAHI SUAREZ DOBOBUTO, de nacionalidad venezolana, con domicilio en Walker N°552, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo establecido en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Señala que llegó a Chile en el mes de abril del año 2017, realizando desde un principio todos los trámites migratorios correspondientes. Sin embargo debido a la mala atención y atrasos por parte de migraciones tuvo que esperar un año para que se le pudiera otorgar su visa sujeta a contrato. Por lo anterior, antes de que su visa venciera en febrero de 2021, ingresó nuevamente una solicitud de extensión de visa sujeta a contrato puesto a que ha mantenido el mismo trabajo desde que llegó a Chile. Indica que en diciembre de 2021 recibió una notificación en donde se indicaba que su visa había sido otorgada teniendo una vigencia desde febrero de 2021 hasta febrero de 2022, sin embargo debido a la tardía notificación de ese hecho no pudo renovar su cédula de identidad. Indica que con fecha del 07 de febrero del año 2022, realizó dicha solicitud, teniendo su numeración la cual es 37625209, por lo que mantuvo a la espera de que le fuera informado todo lo referente al proceso al que se había dado inicio cosa que no ha sucedido hasta el día de hoy y tras consultar en la plataforma web de extranjería se indica que su estado de trámite no está disponible lo que la deja en un estado de incertidumbre y a la vez molestia por no saber en qué situación específica se encuentra su solicitud, por lo que efectuó una ampliación de solicitud de permanencia definitiva en trámite, la c
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, teniendo presente el estado de tramitación informado por la recurrida, se advierte que ante el requerimiento tendiente a la obtención de la permanencia definitiva, la recurrente ha sufrido una dilación excesiva en su tramitación, lo cual permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, motivo por el cual se acogerá el presente arbitrio, cómo se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de doña Norbelis Sarahi Suarez Dobobuto, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad migratoria recurrida dentro del plazo de sesenta días hábiles, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento, como en derecho corresponda, sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por la actora. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-171702-2022. En Valparaíso, ocho de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, comparece doña NORBELIS SARAHI SUAREZ DOBOBUTO, de nacionalidad venezolana, con domicilio en Walker N°552, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN, por la omisión ilegal y arbitra
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