SIN INFORMACION

JUÁREZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

8 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 19 de octubre del año 2022, comparece Mijaíl Fabián Guevara Martínez, abogado, en favor de Valois Alberto Antenor Juárez Garrido, pasaporte N°077206943, de nacionalidad venezolana, y domiciliado en Av. Parque Viña Santa Blanca N°0411, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en Matucana N° 1223, Santiago, por infringir las garantías constitucionales establecidas en el numeral 1 del art. 19 de la Constitución Política de la República, por la omisión ilegal y arbitraria en emisión de resolución exenta sobre solicitud de regularización migratoria. Funda su recurso en que el recurrente ingresó al país con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Luego, con fecha 14 de junio de 2022, solicitó el beneficio de regularización migratoria, según consta en comprobante de solicitud que acompaña a su presentación. Añade que al momento de la interposición del presente recurso de protección, aún no ha recibido por parte del recurrido ningún tipo de información sobre el avance de la solicitud, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Finaliza solicitando que se acoja su acción y en virtud de ello, se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la solicitud de regularización y se adopten las medidas necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Acompaña antecedentes en que se funda la presente acción. A folio 8, compareció la Institución recurrida y solicitó el rechazo del recurso en todas sus partes, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerado como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías reconocidas en el a

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurso de protección establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, dificulte o perturbe ese ejercicio. SEGUNDO: Que, mediante el presente recurso se reprocha la excesiva dilación del procedimiento administrativo de solicitud de regularización migratoria iniciada por el actor con fecha 14 de junio de 2022, por cuanto hasta la fecha de interposición de la presente acción constitucional de protección, no ha sido resuelta por la autoridad administrativa, transcurriendo un plazo de cuatro meses sin que dicha petición tuviera respuesta definitiva por parte de la administración. TERCERO: Que, la institución recurrida solicitó el rechazo del recurso por cuanto el recurrente mantiene vigente un recurso de protección en la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago por omisión en el pronunciamiento sobre Orden de Expulsión. Además, señala que el actor no cumple con los requisitos para obtener visa de regularización migratoria. CUARTO: Que, atendido lo certificado por el señor Relator con esta fecha, y constando que el recurrente mantiene vigente el recurso de protección rol 2094-2022 en la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, por omisión en el pronunciamiento de decreto de orden de expulsión y teniendo presente además que se trata de un asunto de conocimiento previo al ventilado en esta Corte de Apelaciones, no existe una conculcación a sus derechos fundamentales, lo que lleva necesariamente a que a su respecto, este recurso sea rechazado.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se declara que, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Valois Alberto Antenor Juárez Garrido, pasaporte N°077206943, de nacionalidad venezolana. Regístrese, comuníquese y archívese. IC Rol 12620-2022 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, ocho de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 19 de octubre del año 2022, comparece Mijaíl Fabián Guevara Martínez, abogado, en favor de Valois Alberto Antenor Juárez Garrido, pasaporte N°077206943, de nacionalidad venezolana, y domiciliado en Av. Parque Viña Santa Blanca N°0411, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacio

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica